Sentencia nº 49127 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3, 19 de Marzo de 2001
Fecha de Resolución | 19 de Marzo de 2001 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 3 |
Autos y Vistos:
Los de este Expte. N.. B-49.127/99 Caratulado ô Ordinario por Filiacion Extramatrimonial Post Mortem: Ministerio de Menores por el Menor V.M.J. c/ Herederos de la Sucesion de don V.S.V., de los que;
Resulta:
Que a fs.5/8 de autos se presenta la Dra. A.M.C.F., Defensora Oficial de Menores e Incapaces, en nombre y represenatcion del menor V.M.J., a merito de sus funciones propias, y promueve demanda de Filiacion Extramatrimonial post mortem en contra de los herederos del Sr. V.S.V.; a saber: C.F., N.M., F.D. y E.V.V., solicitando se declare a su reprsentado hijo postumo del sr. V.. Relata los hechos , a los que me remito en un todo, Cita derecho. Ofrece prueba. Pide en definitiva se haga lugar a lo solictado y se declare al menor V.M.J. como hijo postumo de S.V. , disponiendose su inscripcion en el Registro del Estado Civil Y Capacidad de las Personas.- Que, corrido el traslado de ley a fs. 13,comparece a fs. 126 el Dr. H.M.S., en nombre y representacion de la menor E.V.V., conforme la participacion acreditada en el Expte. N.. B-29.969/98 öSucesorio...V., solicitando se falle conforme a derecho, adhiriendo a la prueba ofrecida por la actora.- Que, a fs. 32 s presenta el Dr. I.A.C., Defensor de Pobres y A., quien tiene participacion en el Expte. N.. B-29.969/98 öSucesorio...V., en nombre y representacion de los menores, herederos del Sr. V.S.V.; C.F., N.M., y F.D.V., formulando formal allanamiento a la presente.- Que, corrida la vista del art. 301, a fs. 58 la actora contesta y pide la apertura a prueba de la presente causa.- Que a fs. 59 se abre la presente causa a prueba, produciendose la que luce en autos. Que a fs. 107, a pedido de la actora, se clausura el termino probatorio y se ponen los autos para alegar; adjuntando el memorial pertinente la Dra. C.F. en representacion de la actora y el Dr. Cruz, en representacion de su parte, seg·n constancias de fs. 112 vta y 116 vta, respectivamente. Que, a fs. 121, a pedido de la actora, se tiene por decaido del derecho a alegar al Dr. Savio, agregandose los producidos a fs. 117/119.- Que a fs. 121 se llaman ôautos para sentenciaö, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida por las partes.- Que, a fs. A fs. 125 se ordena la accumulacion material de los presentes autos, su pertinente refoliatura y su recaratulacion, Y Considerando: Que, el regimen legal vigente en el caso de la paternidad extramatrimonial post morten remite a lo dispuesto en el art. 254 del...
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