Sentencia nº 14078 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 8 de Mayo de 2001

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2001
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

AUTOS Y VISTOS:

los del Expte. NºB-14078/97, caratulado: “Sumario por división de condominio: Puca Teodosio c/ Aucapiña Carlos – B.T. –B.S.-W.E. y herederos de cada uno de los nombrados”, y

CONSIDERANDO:

Que de las constancias obrantes en autos es dable advertir el allanamiento de los demandados (ver fs.160,189,210 y 221). Y sobre ello se ha dicho: “Todo allanamiento en los juicios por división de condominio importa una disposición coincidente de los condóminos, actores y demandados, en cuya virtud la actuación judicial proseguirá en mira de la consecución del propósito común de llegar a la efectiva división como si todos ellos la hubiesen pedido en un solo escrito” ( ED, 6-811).-

Que igualmente, los mismos ratificaron la voluntad de dividir el condominio en la audiencia celebrada a fs.167 del Expte. Nº B-21747/97, caratulado: “Incidente de Embargo Preventivo: Puca Teodosio c/ Villatarco de B.F. y otros”, que fue objeto de homologación a fs.168, conviniendo las partes la efectivización de dicha división de acuerdo a sus actuales posesiones. Se ha dicho que: “ . . . el acuerdo arribado, homologado por la jurisdicción participa de los caracteres de la sentencia y corolario de ello, es que media cosa juzgada” ( ED, 87-136).-

Ahora bien, se ha sostenido que: “El juicio de división de condominio, comprende dos estadíos: el primero de los cuales termina con la sentencia que lo declara disuelto, cuando esta no contiene, por no ser posible aún determinarla, la forma de partición; el segundo se inicia con la audiencia para la designación de peritos y para convenir la forma de división” ( ED-89-173). En autos, con lo reseñado precedentemente, se ha cumplido con la primera etapa del juicio.-

Que cumplida dicha etapa procesal, con posterioridad, se ha mensurado la finca objeto de la división (plano de fs.390); medidas en que las partes han prestado acuerdo ( fs.442); habiéndose amojonado la finca en presencia de las partes y previa citación pública a todos los colindantes e interesados ( fs.477 y 496).-

Que luego, se puede apreciar que las partes reiteran su intención de dividir el condominio y la forma de efectivizarlo, convenio que no fue objetado ( fs.698).-

Que igualmente, la oficina de Catastro de la Dirección General de Inmuebles no ha objetado la división, realizando sólo observaciones técnicas ( fs.688).-

Que de acuerdo a los títulos presentados por el actor ( fs.7/9), la propiedad colinda con la del Sr. M.Q. al sur y oeste lo que ha sido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR