Sentencia nº 54937 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 29 de Mayo de 2001

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2001
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

///la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los 29 días del mes de mayo del dos mil uno, reunidos los Señores Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, Docto-res: J.D.A., N.A.D.D.A. y E.R.M., bajo la presidencia del nombrado en primer término, vieron el Expte. Nº: B-54.937/ 00, caratu-lado: “ORDINARIO POR COBRO DE PESOS. DAÑOS Y PERJUICIOS: Aleph S.R.L. c/ Techint S.A.C.I. Proyecto Norandino” y agregado Expte. B 38.638/98 caratulado “Cautelar de aseguramiento de pruebas y bienes: Aleph S.R.L. C/ Techint S.A.C.I.” del que: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

El Dr. J.D.A. dijo:

  1. - Viene en los presentes autos la Dra. M.L.B. en nombre de la actora a mérito de la sustitución de poder general que adjunta a iniciar demanda por cobro de pesos con más daños y perjuicios y daño moral en contra de Techint S.A.C.I. (Proyecto Norandino), con domicilio en Ruta 9, Km. 7, loteo P. de esta ciudad de San Salvador de Jujuy, por la suma que resulte de la prueba a producir con expresa imposición de costas a la contraria.

    Al relatar los hechos sostiene que su mandante es una sociedad comercial con domicilio en la ciu-dad de Mendoza cuyo giro comercial consiste en la prestación de servicios de transporte especializados a través de vehículos denominados 4x6 y 6x6. En base a experiencias anteriores celebró un contrato con Te-chint expresado a través de la orden de compra NOR47 de fecha 8-8-98. Se caracterizaba el acuerdo en que A. transportaría 3 unidades especiales de carga desde Mendoza a Humahuaca para que estas realizaran trabajos de línea para Techint (transporte especializado) con choferes especializados que debía proveer su mandante. El transporte referido y el de regreso de estos camiones a M. estaría a cargo de Techint. La actora se comprometía además a cumplir con las obligaciones impositivas, seguro de las unidades, previsio-nal y laboral de los choferes. A cambio de ello Techint debía abonar a los quince días de su presentación las facturas remitidas por A., controlándose el trabajo a través de partes diarios. También estaba a cargo de Techint proporcionar lubricantes, anticongelantes, combustible, irrogar los gastos de ponchos, protectores de cubiertas e incluso reponer las cubiertas provistas nuevas, cuando arribaran a un 50% de desgaste.

    Pero, desde su inicio la relación contractual tropezó con inconvenientes provocados por el accionar de la demandada: al arribar los vehículos a Humahuaca con dos choferes Techint rechaza los exámenes preocupacionales costeados por A., enviando a los choferes a esta ciudad para realizar nuevos exámenes, provocando de tal manera el retraso de la prestación sin motivo atendible. Situación que se vio empeorada al intentar hacer uso de las unidades con personal propio sin los conocimientos necesarios, provocando desper-fectos mecánicos en dos unidades. Esto obligó al Socio gerente de su mandante a trasladarse desde M. a Humahuaca con un técnico que logró previo trabajo y compra de repuestos, que las unidades volvieran a funcionar. Para evitar situaciones similares el socio gerente decidió quedarse en Humahuaca en resguardo de los bienes y participar en el servicio como chofer del tercer vehículo, que era el único que había permanecido en perfectas condiciones. La acreditación de que las unidades fueron perjudicadas por personal de Techint resulta de constancias policiales y de que cuando los desperfectos se produjeron, los choferes naturales de las unidades se encontraban en San Salvador de Jujuy, realizando nuevos estudios exigidos por la demandada, como así de las constancias que acreditan que Techint inspeccionó las unidades antes de ser trasladadas a San Salvador, determinando que estaban en perfectas condiciones de funcionalidad.

    Los vehículos ya reparados a costa de su mandante con oposición de Techint a reconocer gastos y días no trabajados en virtud de la reparación, laboraban a ritmo excesivo y el personal de esta empresa era instruido a no firmar los partes diarios; se le negaba la provisión de lubricantes, anticongelantes y cualquier otro insumo y las facturas presentadas por los servicios prestados no eran abonadas. Tampoco reconocían el desgaste de cubiertas ni de las que se iban rompiendo; destaca en este aspecto que A. había adquirido cubiertas nuevas para los 3 vehículos en cumplimiento de lo pactado, las colocó debidamente en las unidades fijando incluso con participación de Techint a través del encargado de la obra con procedimiento de medi-ción para determinar su desgaste y a fin de cumplir el requisito de reposición de las mismas, obligación impuesta a la demandada mediante orden de compra. Dado el excesivo trabajo a que fueron sometidos los vehículos, todas las cubiertas soportaron un deterioro superior al 50% en el primer mes, por ello correspon-día su integral reconocimiento. Su parte no pretendía que le entregaran dinero, sino que le entregaran cu-biertas nuevas (como refería la orden de compra) era suficiente, pero los reclamos no fueron atendidos. Los camiones bajo la guarda de Techint fueron saqueados dentro de su propio predio y los bienes sustraídos no fueron reconocidos por la propia empresa. A. mientras tanto en interés de cumplir con las obligaciones que tenía y en la persona de su socio gerente comenzó a irrogar todos los gastos que demandaba el servicio: adquirir lubricantes, anticongelantes y demás insumos, pagar las pinchaduras y reparaciones, para que las cubiertas soportaran el esfuerzo y además de ello, transitar por las oficinas requiriendo la firma de partes diarios y rogar por que se paguen las facturas presentadas, devengadas e impagas. Esta última actuación de transitar por los carriles administrativos de la empresa con sede operativa en Humahuaca y sede administra-tiva en San Salvador demandaba innumerables gastos, los que tampoco eran reconocidos.

    En 20-10-98 por fax se envió a M., no obstante que el socio gerente de A. se encontraba en predios de la propia Techint manejando una de las unidades, la voluntad de prescindir de los servicios contratados, lo que es rechazado por A., mereciendo contestación de Techint y negativa a proporcionarle trabajo. Destaca que a pesar de la comunicación de Techint del 20-10-98 los servicios se siguieron prestando hasta el 31-10-98; aunque se negó a firmar los partes diarios del servicio prestado, sí reconoció alojamiento y comida de los choferes, como lo muestran las notas que presentó ante los prestadores de estos servicios, reconociendo de esta manera que la contratación se efectivizó hasta el 31-10-98. Su mandante tenía una expectativa en esta contratación de más de 100.000 pesos que no sólo no había cobrado, sino que a la fecha de la rescisión tenía importantes sumas a percibir por lo ya trabajado además de los importes que se le debía por reintegros que resultaban de obligaciones incumplidas por Techint y que A. había afrontado de su propio peculio con el fin de continuar la contratación; se resistió a retirar las unidades que quedaron en pre-dios de Techint, hasta que se comprobó que se encontraban a disposición de la empresa y se hizo una pericial técnica para determinar el estado de las unidades, de las cubiertas y daños provocados a las mismas. Una vez cumplido ello su mandante retiró las unidades y las transportó a Mendoza.

    En referencia a las sumas adeudadas por Techint conforme orden de compra NOR47 se manifiesta lo siguiente:

    Transporte de las unidades M.J., J.M.: en la orden de compra Techint recono-cía a Aleph S.R.L. el transporte de las unidades desde su lugar de origen hasta J. y viceversa, habiéndose establecido el costo de ese transporte en $ 3.000 por unidad y por trayecto. Tres camiones y dos trayectos por este ítem se consigna $18.000 más IVA. I.V.A. representa $3780, lo que hace un total de $21.780.

    El segundo ítem es trabajos de línea: entiende que en las sumas adeudadas por Techint deben com-putarse los días en que las unidades estuvieron a disposición de la empresa, ya que las interrupciones que se produjeron fueron integralmente imputables a la demandada por service que los camiones debieron soportar como consecuencia del mal uso efectivizado por la demandada en los mismos o service derivado de la falta de anticongelantes y otros insumos necesarios para el normal funcionamiento de los camiones que era obli-gación de Techint proporcionar y que debieron ser irrogados por su mandante para evitar mayores desgastes de las unidades y continuar con los trabajos contratados. Teniendo en cuenta que el precio contratado para trabajos de línea por los cuatro (sic) camiones ascendía a $9000 mensuales por cada unidad hace que el valor diario de trabajo represente $300. Advirtiendo que las unidades se encontraron a disposición de Techint desde el 15-8-98 hasta el 30-10-98 corresponde por este ítem pesos 67.500. Si se entendiere que sólo debe prosperar este rubro por los días en que los camiones estaban en estado de funcionamiento destaca que la demandada se negó también a reconocer días efectivamente trabajados y desconoció días en que las unida-des, en perfecto estado de funcionamiento estaban a disposición de la empresa, pero ésta se negó a hacerlos trabajar por distintos motivos no imputables a su mandante. Lo afirmado resulta de lo comprobado en los autos cautelares de la pericial contable. De ella resulta lo siguiente:

    1. Techint reconoció a Aleph S.R.L.:

      por factura Nº 12 47 días (entre los tres camiones) $17.061

      por factura Nº 14 2 días (“ ídem ) $726

      por factura Nº 17 40 días (“ ) $14.520

      por factura Nº 18 24 días (“ ) $8.712

      Total reconocido: 113 días(entre los tres camiones) $41.019

    2. Techint no reconoció a A.:

      Días Vehículo Monto

      15 días agosto X-458355 $4500

      10 agosto SBM 710 $3000

      2 setiembre $600

      11 octubre SBM 710 $3.300

      11 octubre UFW 666 $3300

      Total $14.700

      IVA...

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