Sentencia nº 148098 de Tribunal en lo Contencioso Administrativo de Provincia de Jujuy, de 30 de Noviembre de 2005

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005
EmisorTribunal en lo Contencioso Administrativo

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AUTOS Y VISTOS: Los de éste Expte. Nº B-148.098/05, caratulado: "AMPARO: Asociación Protección Consumidores del Mercado Común Sur-PROCONSUMER c/ MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY", luego de lo cual;

El D.B.V. dijo: Que en contra del decreto dictado en autos por el que se dispone hacer lugar a la medida innovativa, la demandada por medio de su apoderado, Dr. R.M.F. interpone reclamo ante el cuerpo.

Sostiene entre otros aspectos que el Decreto Acuerdo Nº 0547.05.009 constituye un acto de gobierno, razón por la cual la medida cautelar solicitada es improcedente, por cuanto al ser concedida la misma, afectaría directamente derechos de terceros que no han sido traídos al pleito. Que con ella se entorpecen los actos de gobierno dictados en un marco de legalidad, que tienden a garantizar a la comunidad la prestación del servicio público de transporte, haciendo otras consideraciones que reputa oportunas a su pretensión, dejando solicitado se revoque la cautelar impugnada.

Argumenta que no es una cuestión justiciable y que es al C.D. a quien le corresponde ratificar o no el decreto en cuestión, haciendo otras consideraciones que reputa oportunas a su pretensión, dejando solicitado se revoque la cautelar impugnada.

Con respecto a la no judiciabilidad del acto administrativo impugnado, nos remitimos a las siguientes conclusiones: "1. En un Estado de Derecho, el poder Judicial representa el bastión al que acuden los particulares en demanda de protección frente a los abusos o excesos en el accionar de los otros Poderes del Estado. 2. El sistema de control de constitucionalidad de las leyes y actos de gobierno es lógico corolario del principio de supremacía constitucional sobre el que se asienta el Estado de Derecho y un mecanismo fundamental de control institucional. 3. El derecho de acceso a la jurisdicción y la plena judiciabilidad de los actos de gobierno se muestran como la ampliación de nuevas garantías específicas destinadas a limitar el poder del Estado y a reforzar la plena exigibilidad de los derechos fundamentales 4. La garantía del debido proceso no puede hacerse efectiva sino mediante jueces imparciales e independientes a quienes las personas puedan fácilmente acudir para reclamar en defensa de sus derechos. 5. El Poder Judicial, a través de sus integrantes, se erige en el Poder autónomo que ejerce la función primordial de controlar el ejercicio del poder a fin de garantizar el respeto irrestricto de los derechos individuales. 6. La...

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