Sentencia nº 76716 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 13 de Mayo de 2002

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2002
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

/// en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 13 días del mes de mayo de 2002 los Sres. Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial , doctores N.A.D. de ALCOBA, E.R.M. y J.D.A., bajo la Presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº: B 76.716/01, caratulado “ORDINARIO POR COBRO DE PESOS I.V. c/ C.R.A., A.D.V.G.Y.S.J.V.” y :

La Dra. D. de A., dijo:

  1. Viene en los presentes autos el Sr. I.V. con el patrocinio letrado de la Dra. H. delC.M., a promover demanda por COBRO DE PESOS en contra de C.R.A., A.D.V.G.Y.S.J.V.. Solicita se condene a los demandados a hacer efectivas las sumas adeudadas provenientes del incumplimiento de obligaciones asumidas mediante contrato de locación, con más intereses y costas.

    Al relatar los hechos afirma que es propietario del inmueble ubicado en calle Islas Malvinas 114 del Bº Primero de Marzo de esta ciudad. Suscribió contrato de locación con los demandados el 2 de febrero del 2001. El instrumento fue extraviado por los locatarios según sus afirmaciones. En fecha 2 de mayo del mismo año se confecciona un nuevo contrato el que adjunta, en cuya cláusula 15 se deja constancia del extravió del anterior contrato; se pactó como precio de locación la suma de $300. Al haberse vencido tres meses (marzo, abril y mayo del 2001), el 11 de mayo se remiten cartas documento dirigidas a los locatarios y a la colocataria; en ella se intima el pago de los meses adeudados con más intereses calculados a la fecha del envío según lo pactado en el contrato. Esas cartas fueron recibidas el 14 y 12 de mayo del 2001 respectivamente.

    En concreto sostiene que se adeuda a la fecha de la demanda: el precio de la locación por los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio del 2001 por pesos 300 cada uno de ellos, lo que hace un total de $512 con mas los intereses pactados según la cláusula 4º que hacen un importe de $512 calculados al 29/6/01, con más la indemnización del art. 8º de la ley 24.808, un mes y medio de locación que importan $450. Gastos originados en el envío de dos cartas documento enviadas el 11 de mayo del 2001, que tienen un costo total de $18 conforme surge del recibo que adjunta a la presente. Gastos de sellado del instrumento mencionado soportados por su parte y que por cláusula 16 y a pesar de los reiterados pedidos efectuados no se abonaron y ascienden a $72,90. Proporcional por servicios gozados brindados por LIMSA ($40) y AGUA DE LOS ANDES ($22,96) pactados en cláusula 10º. Solicita la entrega de las facturas abonadas correspondientes al servicio de EJESA y la entrega del certificado de libre deuda otorgado por dicha institución. Por las razones expuestas solicita se condene a los demandados al pago de las sumas especificadas con más los intereses de ley y los pactados en el contrato calculados a la fecha del efectivo pago, con costas. Ofrece prueba, cita derecho y peticiona.

    Contesta la acción la parte demandada con patrocinio letrado del Dr. C.M.G. y solicitan el rechazo de la misma por improcedente. Relata los hechos diciendo que al celebrar el contrato de locación el Sr. V....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR