Sentencia nº 68087 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 16 de Mayo de 2002

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2002
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte.nº B-68.087/01: "INFORMACION SUMARIA PARA ACREDITAR CONVIVENCIA: M.A.B.", de los que:

RESULTA:

Que, a fs.14/14 vta.se presenta la Dra.Silvia Giacoppo, en nombre y representación de M.A.B., promoviendo él presente para acreditar diez años de concubinato real entre su mandante y el Sr.MARTIN PASCUAL ZAMPINI.-

Que, a los hechos manifiesta que M.A.B., mantenía una relación afectuosa hace veintidos años con el Sr.Zampini y desde el año 1.990 comenzaron a convivir en el domicilio de su mandante -Finca Pucarita-San Antonio-Pcia.de Jujuy-, naciendo de esta relación sus dos hijos: ALDO ANTONIO y E.A.Z.- . Que, la convivencia fué un concubinato estable y de notoriedad, desde el año 1.990 y hasta el 14 de enero del 2.001, fecha en que el Sr.Zampini muere.- Ofrece pruebas.-

Que, a fs.43 se presenta el Dr.MIGUEL A.L., en su carácter de apoderado judicial de M.A.B. a tomar debida participación en los presentes autos, concediéndosele a fs.44 de autos.- Y:

CONSIDERANDO:

Que, adjunta pruebas instrumentales y documentales entre ellas copia certificada de Acta de defunción de P.M.Z. a fs.3, copia del D.N.I. del Sr.Zampini, copias certificadas de: exposición policial formulada por M.A.Barconte a fs.5/5vta., del D.N.I.de M.A.Barconte a fs.6, dos certificados de convivencia y residencia a fs.7 y 8, Actas de nacimiento de los hijos a fs.9, 10, factura nº1774 a fs.11, licencia de conductor de P.M.Zampini a fs.12.-

Que, a fs.29 a fs.34 se recepta los testimonios de los testigos propuestos, de los cuales surgen las coincidencias de que la Sra.Barconte convivía con el Sr.Zampini.-

Que, a fs.55/61 se agrega el Informe Social efectuado por la Perito Asistente Social C.A.C. -designada en autos-, del cual surge -con las observaciones realizadas por la misma- que el Sr.Zampini cohabitó el actual domicilio de la Sra.Barconte junto a ella y los hijos de ambos.-

Que, a fs.63 se expide el Ministerio Público -en la persona de la Sra.Agente Fiscal Civil-, quién estima que debe aprobarse la presente Información Sumaria-sin perjuicio de terceros-, por encontrarse acreditados los extremos probatorios ofrecidos en la demanda.-

Que, por todo ello, él suscripto considera que es procedente la presente acción:

RESUELVO:

  1. Hacer lugar a la presente Información Sumaria, teniendo por cierto y probado, en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, que M.A.B.-D.N.I.Nº 14.022.590-, ha convivido en concubinato con M.P.Z. -hoy...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR