Sentencia nº 63981 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6, 9 de Mayo de 2002

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2002
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6

AUTOS Y VISTOS:

Los de este Expte. B-63981/00, Caratulado "SUCESORIO: G., R.H..-". Del que:

RESULTA:

Que, a fs. 6 se presenta la Sra. M.M. con el patrocinio letrado del Dr. ARTURO LEON, solicitando la apertura del juicio sucesorio de R.H.G..-

Que, a fs. 8 se ordena la apertura de la presente sucesión ordenando la correspondiente publicación de edictos.-

Que, con el Certificados de Defunción obrante a fs. 4, se acredita el fallecimiento de la causante y a fs. 28 se agrega la Partida de Defunción del Sr. I.M.. esposo de la misma, cuya Sucesión se tramita por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 4 - Secretaría Nº 8, en Expte. Nº B-20189/97.-

Que, con el instrumento de fs. 5 se acredita el vínculo de la causante con su hija M.M..-

Que, a fs. 14/20 corren agregadas las publicaciones de edictos ordenadas en autos, juntamente con sus respectivos comprobantes, no habiéndose presentado persona alguna a reclamar sus derecho en la presente sucesion.-

Que, la audiencia prevista por el art. 437 del C.P.C. se celebra a fs. 24 de autos.-

Que, a fs. 34 obra declaratoria de herederos, en la que se declara como única y universal heredera de la SRA. R.H.G. a su hija M.M..-

Que, a fs. 36 se realiza la audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C., recayendo la designación de P.I., Avaluador y Partidor de la sucesión en el DR. ARTURO LEON, quien acepta el cargo a fs. 37 V.. de autos.-

Que, a fs. 39 obra Inventario y Avaluo de los bienes que integran el hacervo hereditario de autos, el cual se aprueba a fs. 44.-

Que, a fs. 55 de autos informa la Direccion Provincial de Rentas, que la presente sucesion se encuentra acogida al Regimen de facilidades de pago en concepto de tasa de justicia.-

Que, por todo ello el Juzgado.-

RESUELVE:

  1. SOBRESEER el presente juicio Sucesorio de D.R.H.G., a favor de la heredera declarada a fs. 34 de autos Sra. M.M..-

  2. ADJUDICAR, a favor de M.M., hija de la causante, la totalidad del inmueble inventariado a fs. 39 individualizado como: Lote 9, Manzana 61, Padrón A-20.176 y el (50 %) del bien ganancial individualizado como: Lote 21, Manzana D, Padrón P-16.569.-

  3. Diferir la Regulación los Honorarios Profesionales hasta tanto se cumplimente con los requisitos dispuesto en la Resolución 689 de la A.F.I.P.- D.G.I..-

  4. Agreguese copia en autos, hacese saber, etc.-

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