Sentencia nº 68505 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 20 de Abril de 2004

Fecha de Resolución20 de Abril de 2004
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

AUTOS Y VISTOS: Los del presente expediente Nº B-68505/01, caratulado: "Sucesión: T., E.R." para resolver sobre la modificación de la propuesta de distribución de bienes y adjudiciación de la herencia que solicitan los herederos declarados en autos.

CONSIDERANDO: Que, en la presente causa, se ha dictado declaratoria de herederos a fs. 45/46, practicado el inventario y avalúo, presentando propuesta de distribución de bienes, que rola a fs. 65/66 de autos, el que ha sido aprobado a fs. 70, Que, remitidos los autos a la Dirección Provincial de Rentas y habiendo liquidado la tasa de justicia, y ésta ha sido abonada como esta documentado a fs. 72/76.

Que, en tales precedentes los herederos han solicitado se realice la adjudicación de los bienes de la presente sucesión, conforme la propuesta de partición y su modificación.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 3545, 3570, 3565 del Código Civil y art. 446 y 450 del C.P.C. el Juzgado:

RESUELVE:

  1. Disponer la modificación a la propuesta de distribución de bienes obrantes a fs. 65 vta. y 66 de autos, atento la conformidad expresada por todos los herederos, quedando la distribución correcta de los lotes conforme se detalla a continuación:

    1. - Manzana AP9- Lote 05 corresponde en forma exclusiva a E.R.T..

    2. - Manzana AP9- Lote 06 corresponde en forma exclusiva a G.E.T..

    3. - Manzana AP9- Lote 07 corresponde en forma exclusiva a G.E.T..

    4. - Manzana AP9- Lote 08 corresponde en forma exclusiva a D.M.T..

  2. Sobreséese el presente juicio sucesorio de E.R.T., a favor de los herederos declarados. III.- Adjudicar los inmuebles a los descendientes llamados E.R.T., D.N.I. Nº 18.256.612, manzana AP9- Lote 05; a G.E.T., D.N.I. Nº 23.984.331, Manzana AP9- Lote 06; a G.E.T., D.N.I. Nº 21.665.985, Manzana AP9- Lote 07; a D.M.T., D.N.I. Nº 23.946.591, Manzana AP9- Lote 08, (siendo los mencionados lotes integrantes de un loteo cuyo Nº 276-B1, Matrícula A-11634, Padrón A-53.595, ubicado en Bº Los Perales). A la cónyuge supérstite A.G.P., D.N.I. Nº 4.939.062, el crédito que posee el causante en contra del Instituto de Previsión Social, el cuál pertenece al haber jubilatorio del mismo, el que según verificación expedida por dicho instituto asciende a la cantidad de $ 14.416,18 le corrresponde exclusivamente a la Sra. A.G.P., renunciando y cediendo todos los demás herederos la parte proporcional que le hubiese correspondido, de igual manera la Sra. A.G.P., renuncia y cede todos los derechos y acciones...

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