Sentencia nº 103057 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 3 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2004
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

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Autos y Vistos: Los del presente expediente n B-103057/03, caratulado: "Información sumaria para acreditar concubinato post- morten: V., R.G.", y

Considerando: Que a fs. 15 se presenta la Dra.Marta B.R. , Defensora Regional del Dpto. P., en nombre y representación de la Sra.Rosa G.V., promoviendo información sumaria prara acreditar concubinato post-mortem ante las autoridades del ANSES, a fin de gestionar una pension ofrece pruebas, cita derecho, solicita el beneficio de justicia gratuita.

Que,al relatar los hechos la promotora de autos manifiesta que su mandante convivio en relacion concubinaria con quien en vida se llamo L.J.A.,por un lapso de 18 años aproximadamente, que de dicha union nacieron siete hijos M.E., Y.V., A.L., J.A., A.A., K.B., y N.E.A., todos menores de edad, informa que M.E. fallecio cuando tenia solo 2 meses de vida. Que durante los años de convivencia, su mandante cuido al Sr. A., como lo hace una verdadera esposa, pero que a pesar de seguir conviviendo en el mismo domicilio tuvo que presentar juicio de alimentos por sus hijos, en contra de su progenitor, causa esta que se encuentra agregada a la presente, debido a que todo lo que percibia como empleado de la Municipalidad de Palpala, lo gastaba en la ingesta de alcohol, que esta situacion se agravo originando una hemorragia digestiva severa que termino con su vida, el 14 de setiembre del año 2002, como consta el certificado de defuncion que se agrega a la causa, que se promueve la presente a fin de que su instituyente pueda percibir una pension, en su caracter de concubina. Que, con las constancias obrantes a fs.3/14, se acreditan los hechos afirmado por la actora en su escrito de presentacion, hechos estos que por otra parte, toma fuerza con la declaracion de los testigos propuestos que rola a fs. 43,44 y 45, que en autos se dio participacion a Fiscalia de Estado, quien se presenta a fs. 24 y solicita se efectue una amplia encuesta ambiental, a practicarse por personal policial, encuesta esta que se agrega a fs. 36/37 de autos.

Que, a fs. 45 vta. se ordena se corra vista de todo lo actuado al M.P.F., quien a fs. 46, dictamina, que se encuentra acreditada los hechos invocados en la demanda, y la prueba ofrecida, debidamente cumplimentada, por lo que se puede hacer lugar a lo solicitado.

Por todo ello el Juzgado:

Resuelve:

1-Tener por cierto y bien probado en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, que R.G.V., D.N.I. N 14.550.955, ha convivido en...

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