Sentencia nº 52897 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 20 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2004
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

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AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B-52897/1999 caratulado: “IN-DEMNIZACION POR ACCIDENTE Y OTROS RUBROS: DOLORES DEL ROSARIO PALACIOS c/ C.M.F., FLORES HERMANOS Y OTROS”; y su acumulado Nº B-41572/2001 caratulado: “ORDINARIO POR IONDEMNI-ZACION POR INFORTUNIO LABORAL: TRASLACION ESTRADA c/ F.H. MADE-RAS DE FLORES HNOS. S.H.”; de donde:

RESULTA:

Que a fs. 82 el Dr. S.S.I. solicita la exclusión del presente proceso a la parte que representa PREVENCION A.R.T. atento a que este planteo fue realizado en sede civil por los mismos fundamentos dados por el fallo de esta sala recaído en el Expte. Nº B-68007/2000: “INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO FUNDADA EN EL DERECHO COMUN: C.E.A. c/ ACEROS ZAPLA S.A.”. S. expresa que a la citación en garantía no resultan aplicables por analogía las normas de la ley de seguros y porque man-tener a su representada como parte en el proceso ocasiona un perjui-cio patrimonial por las cauciones de reaseguros que debe conservar hasta la finalización del mismo. -

CONSIDERANDO:

Por los mismos fundamentos dados en la causa tramitada por E.. Nº B-68007/2000: “INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRA-BAJO FUNDADA EN EL DERECHO COMUN: C.E.A. c/ ACEROS ZAPLA S.A.” (fallo confirmado por el S.T.J.); los que damos aquí por reproducidos, corresponde hacer lugar a la oposición de cita-ción de garantía planteada por LA PREVENCION A.R.T. S.A. -

Habiendo sido traída la proceso la ART por la demandada F.H. MADERAS y FLORES HERMANOS (ver fs. 29/37 del expte. Nº B-41572/2001 acumulado al presente) corresponde que se impongan las costas a la misma (Art. 95 del C.P.T.) y diferirse la regulación de honora-rios al dictado de la sentencia definitiva. -

Por todo lo anterior, la SALA II del TRIBUNAL DEL TRABAJO de la Provincia de Jujuy, fallando en definitiva:

R E S U E L V E:

1ro. -) Hacer lugar a la oposición de citación de garantía plan-teada por LA PREVENCION A.R.T. S.A. ante el pedido formulado por F.H. MADERAS y FLORES HERMANOS. Costas a la vencida (Art. 95 del C.P.T.). -

2do. -) D. la regulación de honorarios al dictado de la senten-cia definitiva. -

3ro. -) Hacer saber, agregar copia en autos, etc. -

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