Sentencia nº 179772 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 9 de Abril de 2008

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

AUTOS Y VISTOS: El Expte. NºB-179772/07, caratulado: “EJECUTIVO ASOCIACION DEL PERSONAL DEL PALACIO DE GOBIERNO A. PER. PA. G.C.P.O.C." del que

RESULTA:

Que a fs.1/07 se presenta la Dra. R.D.M.D.G. en nombre y representación de la ASOCIACION DEL PERSONAL DEL PALACIO DE GOBIERNO (A.PER.PA.G.), iniciando proceso ejecutivo en contra de O.C.P. por la suma de pesos CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS ($4850), con mas intereses y costas hasta su efectivo pago, deuda que surge de un pagaré sin protesto firmado por el demandado en fecha 15 de septiembre de 2.007 y con fecha de vencimiento 30 de septiembre de ese mismo año. Ofrece pruebas. F. petitorio.-

A fs.08 se provee a la presentación de la parte actora y se ordena librar mandamiento de intimación pago, ejecución y embargo en contra de la demandada.-

A fs. 11 obra mandamiento diligenciado.-

A fs. 12 se presenta el Sr. O.C.P. con el patrocinio letrado del Dr. N.H.C.. Solicita franqueo de autos y suspensión de términos.-

A fs. 16/20 la demandada solicita beneficio de justicia gratuita y opone excepción de inhabilidad y falsedad de título. Manifiesta que fue empleado de la Policía de la Provincia de Jujuy y socio de A.PER.PA.G., y que tal institución firmó convenios con distintos comercios locales, otorgándose a los socios créditos para la adquisición de mercaderías hasta un monto determinado de dinero mientras que la actora se obligaba a abonar mensualmente a la referida casa previo descuento por planilla de haberes, adquiriendo en el año 2.005 mercaderías varias, y procediendo a abonar a partir del siguiente mes dicho crédito. Que A.PER.PA.G. exigió la firma de una documentación y formularios en blanco, entre ellos el titulo que se ejecuta, por lo que señala que la actora en forma dolosa obtuvo la firma de este pagare y luego lo ejecuto, instrumento que fue llenado en blanco y de manera antojadiza por el actor, por lo cual considera que el título es inhábil. En virtud de ello niega la deuda que se reclama en autos. Se opone al pago de intereses. Ofrece pruebas. F. petitorio.-

A fs. 21 se ordena correr traslado de las excepciones opuestas.-

A fs. 23/24 la actora contesta el traslado de las excepciones articuladas.

A fs. 25 vta. se declara la cuestión como de puro derecho y se llama autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida.-

Y,

CONSIDERANDO:

Que, corresponde entonces expedirse sobre la procedencia o no de la excepción de inhabilidad y falsedad de título articulada por la demandada.

De...

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