Sentencia nº 112469 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 28 de Julio de 2008
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2008 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
AUTOS Y VISTOS:
Los de este Expte. N° B-112.469/04, caratulado: "SUCESORIO AB-INTESTATO: SIBILA, S.D. y FERNANDEZ, A.R..-". Del que:
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 79/80 de autos obra declaratoria de herederos, en la que se declara como herederos de la Sra. S.D.S. a su cónyuge supérstite A.G. (segundas nupcias) y sus hijas M.E.F., H.S.D. y D.V.G. y como herederos del Sr. A.R.F. a sus hermanas M.E.F. e H.S.F..-
Que, a fs. 85 se realiza la audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C., recayendo la designación de P.I. y Tasadora de la presente sucesión en la Dra. R.B.D.A., quien acepta el cargo a fs. 86 vta. de autos.-
Que, a fs. 125/126 obra Inventario y A. de los bienes que integran el acervo hereditario de autos y en el mismo efectúa partición y adjudicación, el cual se aprueba a fs. 130 y en la misma se ordena el pase a la Dirección Provincial de Rentas, informando que la deuda en concepto de Tasa de Justicia se encuentra cancelada (fs. 133).-
Por todo ello, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la provincia de Jujuy:
RESUELVE:
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Atento a lo informado por la Dirección General de Rentas a fs. 133 de autos, SOBRESEESE el presente Juicio Sucesorio de los Sres. S.D.S., en favor de los herederos declarados a fs. 79/80, su cónyuge supérstite A.G. (segundas nupcias) y sus hijas M.E.F., H.S.D. y D.V.G. y del Sr. A.R.F., a favor de los herederos declarados, sus hermanas M.E.F. e H.S.F., a quienes se les reconoce la posesión de la herencia.-
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ADJUDICAR, a los herederos A.G., argentino, D.N.I. N° 8.177.840, viudo; M.E.F., argentina, D.N.I. Nº 14.373.765, casada; H.S.F., argentina, D.N.I. Nº 16.971.223, soltera y D.V.G., argentina, D.N.I. Nº 26.793.001, soltera, todos domiciliados en calle Los Manantiales Nº 650 del Bº Chijra de ésta ciudad, los inmuebles inventariados en autos y de conformidad a la Partición y Adjudicación presentada a fs. 125/126, debiéndose describir en las hijuelas y rogatorias correspondientes los datos dominiales de dichos Inmuebles.-
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Regular los honorarios profesionales de la Dra. ROSA BERTONI DE APAZA como apoderada en la suma de Pesos: MIL OCHOCIENTOS SETENTA ($ 1.870.-) por su labor profesional desarrollada en autos y como P.I. y Partidor en la suma de Pesos: SETENTA Y OCHO ($ 78.-) de conformidad a lo dispuesto por los arts. 6, 10 y 16 de la Ley Nº 1687/46.-
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En conformidad a lo dispuesto por el art. 83 de la ley 4764/94 y a fin de que el organismo respectivo (C.A.P.S.A.P.) determine si se...
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