Sentencia nº 37876 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 14 de Octubre de 2008
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2008 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18 |
AUTOS Y VISTOS: Los del presente expediente Nº A-37876/08, caratulado: Sumarísimo por Alimentos: GCF c/ MFV, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 18, del que;
RESULTA: Que, a fs. 20 se presenta el Dr. E.M.T. en nombre y representación de GCF y EVV, a mérito de la copia de poder para juicios que acompaña . De la exposición de hechos surge que GCF peticiona cuota alimentaria para sus hijos menores AHV y GEV; y EVV, peticiona cuota alimentaria para sí, ya que a pesar de haber alcanzado la mayoría de edad, se encuentra cursando estudios terciarios. Solicita cuota alimentaria provisoria, ofrece pruebas, y peticiona cuota alimentaria provisoria, se haga lugar a la demanda.
Que, fijada audiencia a los fines previstos por el art. 398 del CPC y celebrada la misma, se presenta el demandado MFV, a fs. 32, con patrocinio letrado de la Dra. D.T., quien contesta la demanda en el mismo acto, ofreciendo una cuota alimentaria consistente en el veinte por ciento (20 %) de los haberes que percibe el señor MFV como dependiente de la Escuela Aerotécnica de S.P..
Que, de la contestación de demanda formulada, se corre traslado a la actora.
Que la actora, a fs. 33, acepta el porcentaje ofrecido como cuota alimentaria por el demandado, señor MFV, consistente en el veinte por ciento (20 %) de sus haberes, previas deducciones de ley y más asignaciones familiares.
Y CONSIDERANDO: 1.- Que, en autos se presentan GCF y EVV, peticionando cuota alimentaria para sus hijos menores AHV y GEV; y EVV, peticiona cuota alimentaria para sí, ya que a pesar de haber alcanzado la mayoría de edad, se encuentra cursando estudios terciarios.
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- Que, al contestar la demanda (fs. 32) se hace expreso reconocimiento del vínculo filial de los hijos con el señor MFV.
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- Que, el demandado a fs. 32, ofrece una cuota alimentaria consistente en el veninte por ciento ( 20 %), de los haberes que percibe como profesor de la Escuela aerotécnica, por todo concepto, previas deducciones de ley y más asignaciones familiares por sus hijos menores.
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- Que, a fs. 33 la actora manifiesta su conformidad con respecto al porcentaje ofrecido por el señor MFV.-
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- Que, a fs. 34, se expide en sentido favorable el representante del Ministerio Pupilar.
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- Que, en virtud de lo manifestado en estos considerandos y lo dispuesto por el art. 17 del CPC, es que;
RESUELVO: I.- Establecer como cuota alimentaria definitiva para los menores GEV (DNI Nº) y AHV (DNI...
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