Sentencia nº 91847 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 26 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

AUTOS Y VISTOS:

Los de este expediente Nº B-91847/02, caratulado: "Sucesorio de: MARTINEZ, A.".- Del que:

RESULTA:

Que a fs. 47 y vta obra declaratoria de herederos, en la que se declara como tales a sus hijos J.A.M., M.I.M., y sus nietas S.A.P.F. y M.J.P.F., por derecho de representación de su madre premuerta S.D.C.M..-

Que a fs. 50 se realiza la Audiencia prevista por el Art. 439 del C.P.C, recayendo la designación de P.I. y Avaluador de la presente sucesión en los Dres. A.F. y E.F.H., quienes aceptaron el cargo a fs. 51 y vta. de autos respectivamente.-

Que a fs. 71/72 los Dres. A.F. y E.F.H., presentan Inventario y Avalúo de los bienes de la Sucesión.-

Que a fs. 91, se aprueba el Inventario y Avalúo que rola a fs 71/72vta. de autos.-

Que a fs. 102 la Dirección Provincial de Rentas da cuenta que la tasa de justicia ha sido repuesta en su totalidad.-

Que a fs. 132/134 los Dres. E.F.H. y A.F., practican Partición de Herencia; y a fs. fs. 136 obra providencia en la cual se aprueba la Partición de Herencia presentada a fs. 132/134.-

Que a fs. 219 se acredita depósito de integración de hijuelas por las herederas S.A.P.F. y M.J.P.F., a favor de J.A.M..-

Que a fs. 269 obra providencia en la cual se autoriza al heredero J.M. a vender el automovil que le fuera adjudicado en la Partición de Herencia y a acogerse de la Moratoria a los fines del pago de deuda de Impuesto Inmobiliario de los Inmuebles de la Sucesión.

Que a fs. 353 el Dr. H. rinde cuentas de cancelación de Impuesto Inmobiliario de los Inmuebles de la sucesión.-

Que a fs. 527/528 se acredita depósito de integración de hijuelas por la heredera M.I.M., a favor de J.A.M..-

Que por todo ello este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 de la Provincia de Jujuy:

RESUELVE:

  1. Atento a lo informado por la Dirección General de Rentas a fs 102 de autos, SOBRESEESE el presente juicio sucesorio de A.M., en favor de los herederos declarados a fs. 47 y 47vta, sus hijos: J.A.M., M.I.M., sus nietas S.A.P.F. y M.J.P. FRIAS por derecho de representación de su madre premuerta S.D.C.M. a quienes se les reconoce la posesión de la herencia.-

II) Atento la cuenta particionaria de fs. 132 ADJUDICAR:

A).- Al Sr. J.A.M., DNI Nº 10.471.833: El inmueble ubicado en calle Necochea N· 448/456, Departamento Dr. M.B., Provincia de Jujuy, individualizado como Matrícula: A-58646, hoy padrón A-81678, L.: 20, M.: 58, Circunscripción: 1, Sección: 1, P.: 20.-

B).- A la Sra. M.I.M., D.N.I Nº 11.074.157,...

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