Sentencia nº 187963 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 15 de Diciembre de 2008

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2008
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

.

AUTOS Y VISTOS: El Expediente Nº B-187963/08, “Desalojo: S., S. c/A., L.”, y;

CONSIDERANDO:

  1. Se presenta la Sra. S.S. con el patrocinio letrado de la Dra. F.E.Q. e interpone demanda de desalojo en contra de L.A., quien ingresó intrusamente al inmueble de su propiedad ubicado en calle La Rioja 280 de la Ciudad de La Quiaca en el mes de enero de 2002.

    Relata que es propietaria del 50% del inmueble en cuestión, siendo su hermano P.S. condómino en virtud del testimonio de hijuelas del Sucesorio Ab Intestato de Leonidas Canavire de Tolaba.

    Manifiesta que según dichos de la demandada habitan la propiedad por una autorización del Sr. R.H., a quien desconoce y destaca que en el año 2006 el demandado realizó modificaciones en la propiedad.

    Señala que reclamó juntamente con su hermano en forma verbal el reintegro del inmueble, sin resultado positivo por lo que se vio obligada a remitir carta documento y luego iniciar las presentes actuaciones.

    Dice del derecho a aplicar, ofrece prueba y solicita se haga lugar a la demanda con costas.

    Corrido traslado (fs.27 y vlta), se presenta la Dra. M.O.P.M. en nombre y representación del Sr. L.A. a mérito de la fotocopia juramentada de poder general para juicios de fs. 30, quien contesta demanda negando los hechos invocados por la actora y relatando lo acontecido según su parecer.

    Afirma que su representado compró el inmueble por boleto de compraventa de fecha 22/6/01, protocolizando el mismo en mayo de 2206. Que el vendedor fue el Sr. R.H., quien adquirió el inmueble también por boleto de compraventa en mayo de 1996 al padre de la actora, Sr. E.S. –hoy fallecido- y para hacerlo exhibió un poder otorgado por los hijos para vender el inmueble.

    Señala que desde que compró la vivienda tomó posesión de ella y fue realizando mejoras para hacerla habitable, por lo que existiendo operaciones inmobiliarias legítimas, con muchos años de diferencia entre una y otra, sin que la posesión haya tenido turbación alguna y luego de haber reconstruido íntegramente la vivienda, solicita el rechazo de la demanda con costas, ofreciendo prueba y diciendo el derecho a aplicar.

    Corrido traslado, la parte actora lo contesta fuera de término. A fs. 69 se abre la causa a prueba, la que se produce a fs. 87/94, 98/99 y 107. A fs. 108 se clausura el período probatorio y se ponen los autos para alegar, ejerciendo únicamente dicho derecho la parte demandada a fs. 114/115. A fs. 116 se llama autos para sentencia, encontrándose la causa en estado de ser resuelta.

  2. El proceso de desalojo es aquel que tiene por objeto una pretensión tendiente a recuperar el uso y goce de un bien inmueble que se encuentra ocupado por quien carece de título para ello, sea por tener una obligación exigible de restituirlo o por revestir el carácter de simple intruso aunque sin pretensión a la posesión. (Cfr. Palacio. Derecho Procesal Civil. Tomo VII. P.. 77/78. A.P.. 2005).

    En el caso de autos, la actora, S.S., en su carácter de condómino del inmueble individualizado como matrícula N-783, circunscripción 1, sección 2, manzana 114, parcela XXIII, padrón N-959, ubicado en calle La Rioja 280 de la Ciudad de La Quiaca, según fotocopia certificada de testimonio de hijuela del Expte. Nº A-05250/85, Sucesorio Ab Intestato de L.C. de Tolaba” y ficha parcelaria del inmueble en cuestión que rola a fs. 9 de autos, pretende recuperar el uso y goce del inmueble que según constancias de fs. 27/27 vlta, se encuentra ocupado por el demandado L.A. y su esposa E.A., fundando su petición en el carácter de intrusos que ostentan éstos últimos, según su parecer.

    La Sra. S. se encuentra legitimada activamente a pesar de no contar con el consentimiento del Sr. P.S., condómino del inmueble en cuestión, para ejercer la presente acción. Como ya lo he expresado recientemente en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR