Sentencia nº 5633 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 2 de Diciembre de 2008
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17 |
////Pedro de Jujuy, Diciembre 02 de 2008.-
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. N°A-05633/01, caratulado: “Deslinde, Amojonamiento y M. solicitado por M.R.T.M. y Z.M.C.F. por su hijo M.T. c/ D.L.S.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°9, Secretaría N°17, del Centro Judicial S.P., del que;
RESULTA:
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- a.- Que, a fs.103/106 de estos obrados, el Juez de Primera Instancia Civil y Comercial Nº8, ha dictado resolución en la causa con fecha 30/05/00.
b.- En ese pronunciamiento, se ha dispuesto: “... RESUELVO: 1.- Hacer lugar a la oposición formulada por la demandada D.L.S.A.C.I.F. en cuanto al progreso de la acción de deslinde y mensura, con el consecuente rechazo de esta última que fuera deducida en autos por M.R.T.M. y Z.M.C.F. por su hijo M.T. contra D.L.S.A.C.I.F.I.-Imponer costas a la vencida. III.-Diferir regulación de honorarios de los letrados actuantes hasta tanto se arrimen bases para su cuantificación. IV.-Notificar, agregar copia en autos, etc.”.
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- a.- Que, a fs.139/140 en el Expte. Nº5358/00 (Sala II, Cámara de Apelaciones Civil y Comercial) la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial (Sala II) ha dictado resolución en la causa con fecha 10/11/00.
b.- En ese pronunciamiento, en cuanto al fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº8, ha dispuesto: “...RESUELVE: 1) Hacer lugar al recurso de apelación. Revocar la resolución de fecha 30 de mayo de 2.000, rechazar la oposición formulada por la demandada y disponer que otro juez continúe la causa según su estado. 2)…3)…4)...”.
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- a.- Que, a fs.156, se ha avocado este proveyente a entender en la causa, mandando conforme lo ordenado por la Excma. Cámara de Apelaciones en la resolución de fs.139/140 designar P.A. en la causa.
b.- Designado al Ingeniero M.B.L., este se recibe del cargo en legal forma (fs.197), sin que medie oposición de partes.
c.- Se presenta Memoria Técnica (fs.226/247), se observa pericia por parte del Dr. Horacio Calsina Cantarella (fs.267/268), presentan sus respectivos alegatos (fs.309/312 el Dr. H.C.C. y a fs.313/316 el Dr. M.N.F..
d.- Se tienen por presentados al Dr. J.S.J.Q., con el patrocinio letrado del Dr. G.R.J. y presente el carácter de nuevos propietarios, a G.R.J. y O.M.R., del inmueble objeto del presente litigio, a mérito del Convenio de Cesión de Derechos y de Contrato (Escritura Nº 176).
Que, llamados autos a resolución, esta providencia es notificada a fs.328/332, la...
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