Sentencia nº 111181 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 13 de Julio de 2007

Fecha de Resolución13 de Julio de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B- 111181/05 caratulado: "INCIDENTE DE VERIFICA CON TARDIA EN Expte. b-111181/03 CONCURSO DE FRONTERA SOLICITADO POR B.A.Y.M.C.P.P.", de los que:

RESULTA:

Que, a fs. 1 el Dr. M.R.M. en nombre y representación de las Sras. B.A.Y.M.C.P.P. cuya personería se encuentra acreditada en el Expte.B- 104.331/03 caratulado:" Laboral por cobro de salarios impagos y otros rubros A.B. y M.I.P.P. c/ Frontera S.A., solicitando la veificación tardia de la deuda que la concursada mantiene sus mandantes.-

Que, con la presentación efectuada persigue el cobro de la suma de pesos dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y tres para la Sra Paniagua y la suma de pesos doce mil ochocientos noventa y tres con sesenta y seis en base a los rubros reclamados oportunamente en sede laboral.

Que, a fs. 3 se sustancia el incidente , el que es contestado a fs. 13/20 por la Concursada y a fs. 25 por el Síndico interviniente C.P.N. C.E.N.Y,

Que, a fs. 39 se abre la causa a prueba se agrega por cuerda el Expte. ofrecido como tal , y se llama autos para sentencia. Firme dicho proveído , corresponde expedirse al respecto. Y

CONSIDERANDO:

Que, de la compulsa del Expte. N° B- 55.215/00, surge que la parte actora reclama los rubros correspondientes a salarios impagos, S.A.C. 1º y 2º sementre de 2.002 y 1º semestre de 2.003 parte proporcional, vacaciones año 2.002 y ayuda escolar extraordinaria año 2.002 y 2.003 integración de mes de despido, indemnización sustitutiva por falta de preaviso, indemnización por despido incausado, indemnización de ley de emergencia economica Nº 25.561 y entrega de formulario de servicios y remuneraciones promoviendo incidente de verificación tardia en contra de Frontera S.A

Que, los crédito reclamado surge de un acta acuerdo firmada por la concursada y la Municipalidad en la que en la cláusula segunda se disponía la reincorporación al haber sido despedida por la concursada pero prestarían servicio en la Municipalidad de la Capital estando a cargo de la primera de las remuneraciones.-

Pero, según surge del Expte. B- 104.331/03 del acta antes aludida surge que la cláusula segunda se supeditada al cumplimiento de la cláusula primera en la que el Consejo Deliberante se comprometía a ese acto ha realizar todas las gestiones y actos administrativos de recomposición económica del contrato de conseción efectuado con la empresa Frontera S.A., por cobre de estacionamiento hasta el 15 de Junio de 2.002.-

Que, si bien el...

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