Sentencia nº 158138 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1, 2 de Junio de 2007

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 1

LIBRO FOLIO

AUTOS Y VISTOS:

Los de este expediente Nro B-158.138/06, caratulado “Incidente de Tercería en Expte Nro B-96.315/03, A.M.G. c/L.E. y R.R.”, del que

RESULTA:

  1. ) Que, el Dr. H.G.F., se presenta y solicita incidente de tercería de posesión y mejor derecho, sobre la medida cautelar de embargo y secuestro dispuesta en la causa principal sobre un automotor marca Peugeot y cuyo datos obran en autos.-

  2. ) Expresa que se encuentra en posesión del bien, ya que tiene un derecho preferente al del acreedor, porfiere que compró la unidad en cuestión junto a la matrícula de transporte alternativo, con fecha 10 de Febrero del 2003, en cuotas y hasta completar la suma de pesos $ 25.000 pagadores en diversas cuotas, al pagar la totalidad de las cuotas se hizo la denuncia de venta, la que se efectuó el día 05/05/05.-

  3. ) Alega que no pudo lograr la transferencia por la existencia de dos embargos que pesaban sobre el vehículo, lo que le ha ocasionado un gran perjuicio ya que el automóvil es un medio de vida para el tercerista.

  4. ) Mantiene que siempre estuvo en posesión del vehículo, y además argumenta con abundante doctrina y jurisprudencia que el peticionante tiene un derecho preferente al del embargante.-

  5. ) Posteriormente a fojas 24, se dispone el levantamiento de la medida de secuestro, previa fianza personal del letrado, medida que es recurrida en revocatoria con apelación en subsidio por el Dr. Julio de Los Ríos a fojas 31.-

  6. ) Mas adelante, se presenta el apoderado de la Señora Estela I.L., quién posteriormente a (fojas 51)y luego se dispone la suspensión de la medida de levantamiento de secuestro hasta tanto se acredite fehacientemente que el automóvil en cuestión está destinado, al uso del transporte público.-

  7. ) Que, luego estos antecedentes son agregados reiterándose que se trata de un bien inembargable para el arte profesión u oficio del deudor por lo que pide que se suspenda la medida.-

  8. ) Que, habiéndose agregados todos los expedientes respectivo por cuerda separada, producida la prueba-ofrecida por ambas partes- quedan los autos en estado de dictar sentencia

    CONSIDERANDO:

  9. ) Cabe recordar, que, "la tercería de dominio debe fundarse en la propiedad de los bienes embargados, ya que ese es el título por el cual es posible promover la acción que el Código de forma establece..." (F.E., "Código...", T. I, p. 531), la que en materia de automotores lo constituye el certificado dominial del que resulte la inscripción registral del camión a favor del tercerista reclamante (arts. 1°, 2°, 4°, 6°, 8°, 13, y concs. dec. ley 6582/58 — t. o. ley 22.977—)".

    Es oportuno reiterar, que ha sido reemplazada la tradición por la inscripción como modo de constitución y transmisión del dominio de los automotores "por lo que el instrumento privado que sirve de título es plenamente válido pero insuficiente para tramitar el derecho real de dominio" atento el reiteradamente reconocido carácter constitutivo de la inscripción dominial (Moisset de Espanés, "Dominio de automotores y Publicidad registral", p. 44 y passim., y "Automotores y Motovehículos. Dominio", p. 115; L.C., R., "La Propiedad de los automotores", JA, T. 1973, p. 550; id. "Dominio de automotores-Transferencia", ED, T. 93, p. 230; L.J.I., "El régimen registral en la propiedad de los automotores", en LA LEY, 153-610; G.R. "Régimen jurídico de los automotores y sus consecuencias" en A.A.A. (obra colectiva) y otros "Estudios de Derecho Civil", p. 80 y sigtes.; id., "Compraventa", p. 202 y sigtes.; L.F.L.F.P. "Prueba de la relación real establecida a consecuencia de la entrega de un vehículo automotor sin que medie transferencia registral de su dominio", en LA LEY, 1981-D, 1170 y sigtes.; esta sala, causa N° 36.982, 2/5/96 "O.L.A. c. U.A.M. S.A.C.I.F. Transferencia de automotor").

    M. de Espanés expresa que la inscripción "en el régimen vigente tiene carácter constitutivo, es decir cumple la función...

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