Sentencia nº 27154 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 26 de Octubre de 2006

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

////Pedro de Jujuy, Octubre 26 de 2006.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. N° A-27.154/05, caratulado: “Información Sumaria solicitada por G., M.C.”, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°9, Secretaría N°17, del Centro Judicial S.P., del que;

RESULTA:

Que, a fs.7 se presenta el Dr. L.R.S., Defensor Oficial de Pobres y Ausentes de San Pedro de Jujuy, en representación de M. concepción G., a mérito de la Carta Poder que rola a fs.01, y en tal carácter promueve Información Sumaria para acreditar que su representada vivió en concubinato con el Sr. B.A.G., durante 39 años en forma ininterrumpida, y hasta la fecha del fallecimiento del mismo, hecho ocurrido el día 27 de junio de 2005, en San Pedro de Jujuy. Cita derecho, ofrece prueba y peticiona.

Que, se producen las pruebas y se otorga la debida intervención al Ministerio Público Fiscal en turno, el que emite dictamen a fs.24, por lo que estos obrados se encuentran en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO:

  1. -La procedencia de la demanda, hecho acreditado merced a la producción de la totalidad de las pruebas ofrecidas y dispuestas en apoyo a dicha pretensión y que rolan agregadas en autos, todas las cuales son valoradas conforme los principios de las reglas de la sana crítica art. 16 del Código Procesal Civil; con especial referencia las testimoniales brindadas por el Señor P.D. (fs.16) y la Sra. G.C. (fs.17), las que corroboran en un todo los dichos expuestos en demanda.

  2. -Que, se han merituado también las demás pruebas incorporadas, esto es: a fs.2, Copia certificada de exposición policial; a fs.4/9, copias certificadas de partidas de nacimiento de los hijos; a fs.10, copia partida defunción del Sr. B.A.G..

  3. -Que, se ha otorgado participación a Fiscalía de Estado de la Provincia de Jujuy (fs.22) y a AFJP Prorenta S.A. (fs.24), sin manifestar oposición al petitorio de demanda.

  4. -Que, del análisis de todas las pruebas resulta acreditada la situación fáctica invocada en tanto a la convivencia y concubinato solicitado se refiere.

  5. -Que, la representante del Ministerio Público Fiscal, a fs.24, se ha expedido en sentido favorable respecto de la petición.

  6. - a)Que, cabe destacar que se han reunido los elementos integrantes del concubinato: cohabitación, comunidad de vida y de lecho - notoriedad - singularidad - permanencia (Régimen Jurídico del concubinato, de G.A.B., cuarta edición, primera reimpresión, pág. 35 y siguientes, editorial Astrea).

    b)Qu...

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