Sentencia nº 11939 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 13 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18

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AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. N°: A-11.939/01, caratulado: “S. ab intestato de don C.S.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18, del que;

RESULTA: Que a fs. 7/8 se presenta la Dra. M.C.L., Defensora de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de A.J.M. y R.A.S., a mérito de Cartas Poder (fs. 1/2) que acompaña, solicitando la apertura de la sucesión intestada de don C.S..

Que decretada dicha apertura a fs. 10, se manda a publicar edictos con el emplazamiento del artículo N° 436 del CPC, término que se encuentra vencido.

Que, a fs. 61 se presenta la Dra. M.C.L., Defensora de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de M.A. delV.S. y A.C.S. a mérito de cartas poder que adjunta (fs. 48/49).

Que, a fs. 64 se presenta la Dra. P. delV.P. en nombre y representación de R.A.S. a mérito de copia de poder para juicios que juramentado acompaña (fs. 62/63).

Que, a fs. 65 se presentan M.A. delV.S. y A.C.S. con el patrocinio letrado del Dr. E.A.W..

Que, a fs. 82 se presenta el Dr. R.R.B. en nombre y representación de M.A. delV.S. a mérito de carta poder que rola autos Nº A-22.674/04, “S. ab intestato de doña A.J.M.”, acumulado a estos obrados.

Que cumplimentando lo estatuido por el 437 del CPC mediante acta de fs. 83 se corre vista de todo lo actuado al Ministerio Público Fiscal, cuyo representante se emite dictamen a fs. 89, con lo que estos obrados se encuentran en estado de resolver;

Y CONSIDERANDO: 1.- a.- Que en autos se ha cumplido con lo requerido en forma previa por el artículo N° 435 del CPC, pues se ha acreditado la defunción de CARLOS SALUZZO (DNI 7.278.797) a fs. 3 y el vínculo de la cónyuge supérstite doña A.J.M. quien solicita la apertura de la sucesión.

  1. - b.- En efecto, a fs. 3 con copia certificada de partida de defunción de don CARLOS SALUZZO (DNI 7.278.797) se acredita el deceso del causante.

  2. - c.- Por su parte, a fs. 4 con copia certificada de partida de matrimonio de C.S. con A.J.M. se acreditan el vínculo matrimonial y la vocación editaría de la cónyuge supérsitite.

  3. - a.- Que, publicados los edictos (B.O. fs. 23, 32, 38 y Diario Local fs. 15, 39, 40), concurren al llamamiento M.A. delV.S., A.C.S. y R.C.S..

  4. - b.- A fs. 61, se presenta M.A. delV.S. representada por la Dra. M.C.L. a mérito de carta poder que rolan a fs. 48, con ulterior presentación en ejercicio de sus propios derechos con patrocinio letrado del Dr. E.A.W. (fs. 65), siendo que a fs. 11 del E.. Nº A- 22.674/04, caratulado: “S. ab intestato de doña A.J.M.” (acumulado a estos obrados), con copia certificada de partida de nacimiento de M.A. delV.S. acredita el vínculo parental y la vocación hereditaria, por ello se le confiere participación en la causa en virtud de providencia de fs. 77.

  5. - c.- A fs. 61, se presenta A.C.S. representada por la Dra. M.C.L. a mérito de carta poder que rolan a fs. 49, con ulterior presentación en ejercicio de sus propios derechos con patrocinio letrado del Dr. E.A.W. (fs. 65),...

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