Sentencia nº 181352 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala III de Provincia de Jujuy, de 30 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2009
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala III

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los treintadías del mes de octubre de dos mil nueve, reunidos los Sres. Vocales que integran la SALA TERCERA DE LA CAMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, DRES. C.M.C. Y N.B.I., bajo la Presidencia del primero, vieron el Expte. Nº B-181352/07, caratulado: "ORDINARIO POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO –DAÑOS Y PERJUICIOS- VELÁZQUEZ SOFÍA C/ SUAREZ T.M.”, del cual el Sr. Presidente dijo:

  1. El proceso en cuestión se genera por la demanda que promueven los DRES. F.L. BÓVEDA con el patrocinio letrado del DR. S.V. en representación de la SRA. S.V. en contra del SR. T.M.S.. Procura con ella se condene al accionado al cumplimiento del contrato celebrado que luce a fs. 03/04, con mas los daños y perjuicios irrogados como consecuencia del incumplimiento contractual.-

    Refiere de cómo sucedieron los hechos y expresa que el 24 de febrero de 2007, su mandante celebró un contrato mediante un boleto de compraventa con el demandado la compra de un automóvil marca Fiat Duna MOd. 1989, dominio VKJ-353, entregando como pago la suma de PESOS NUEVE MIL ($9.000), en efectivo en ese acto y una Pick Up Mod. 1977, dominio TDI-271.-

    Se estipuló en el contrato que el SR. S. se comprometía a realizar la transferencia del rodado con los formularios 08 debidamente firmados en el plazo de 60 días de haber realizado la operación, expresamente consignado como nota adicional a la cláusula 4 del mencionado contrato.-

    Como transcurría el tiempo sin que el Sr. S. cumpliera con lo convenido se remitió carta documento en fecha 12 de setiembre de 2007, intimándolo a dar cumplimiento a lo acordado y realizar la correspondiente transferencia, sin que exista respuesta alguna.-

    En suma peticiona el cumplimiento del contrato con mas los daños ocasionados como consecuencia del incumplimiento contractual, con mas los intereses legales y costas. Ofrece pruebas y pide el acogimiento de la demanda de la manera que lo deja solicitado.-

  2. Sustanciada la acción en la forma de estilo, se presenta el DR. P.G.A. en representación del SR. T.M.S. quién contesta demanda, niega particularmente los hechos afirmados por la actora, refiere de la realidad de los mismos y de la inexistencia de los daños, ofrece prueba, dice del derecho que le cabe y peticiona el rechazo de la demanda con expresa imposición de costas.-

    Expresa que de la lectura de la demanda se presenta el hecho como un incumplimiento del Sr. S. al no efectuar la transferencia del automotor. De las pruebas ofrecidas por su parte, surge notoriamente que dicha afirmación es falsa y contradictoria, así se refleja del instrumento privado presentado en autos (Cláusula primera, cuando se expresa que “el comprador toma posesión del mismo en conformidad”.-

    Otra contradicción evidente se ve reflejada cuando la actora expresa que realizó la entrega de una suma de dinero junto con una camioneta, cuando surge de la cláusula segunda del mismo instrumento presentado que se trata de… “una permuta y que no hubo entrega de dinero, sino que la operación realizada tuvo un valor de PESOS NUEVE MIL ($9.000).-

    Por último, refiere que la actora nunca cumplió con la obligación a su cargo, la cual era entregar la documentación respectiva (según surge de la nota a la cláusula cuarta del instrumento presentado como prueba, “… la titular de la Pick Up también entregará”, por lo que mal puede exigir y reclamar del...

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