Sentencia nº 178485 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 4 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

SAN SALVADOR DE JUJUY, Marzo 04 de 2009.-

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-178485/07, caratulado: "INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA: C.L..-", del que

R E S U L T A:

Que a fs. 10 se presenta la Dra. E.R.B., DEFENSORA OFICIAL DE POBRES Y AUSENTES, en nombre y representación de la señora C.L. – D.N.I. Nº 14.896.932.-, promoviendo Información Sumaria para lograr la Rectificación de las Partidas de Nacimiento y Defunción de C.E.L..-

Manifiestan, que en el Tomo 63, Acta Nº 25.518 - Año 1977 del Registro Civil y Capacidad de las Personas de La Quiaca – Dpto de Yavi, P.. de JUJUY, se consignó erróneamente el número de documento de la madre de la nacida, señora C.L. y que en el Acta Defunción nº 12.028 – Año 1977 Registro Civil y Capacidad de las Personas de La Quiaca – Dpto Yavi, P.. de JUJUY, consta que C.E.L. es hija de C.L., sin documento.-

Ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la rectificación de las partidas de Nacimiento y Defunción, luego del trámite de rigor.-

Que a fs. 14. emite dictamen el Ministerio Público Fiscal, en forma favorable.-

A fs.13 y 23 toma participación el registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, no formulando oposición a la acción promovida.-

C O N S I D E R A N D O :

Que, de la prueba documental obrante a fs.3/5 y 17 surgen los hechos invocados en el escrito de demanda.-

Que, de conformidad con lo dispuesto por los art.16, 17, 417, ss y cc. del C.P.C. y Arts.16 y 18 de la ley 18.248, el suscripto es de opinión que nada obsta hacer lugar a la acción planteada y en consecuencia, hacer lugar a la Rectificación de/// //////la Partida de Nacimiento de C.E.L., el día 22 de Junio de 1977, inscripto en el TOMO 63, Acta nº 25.518 Año 1977 del Registro Civil de La Quiaca – Dpto de Yavi - Prov. de J.. Y de la Rectificación de la Partida de Defunción de C.E.L., el día 13 de Diciembre de 1977, inscripto en Acta nº 12.028 del Año 1977 del Registro Civil de La Quiaca – Dpto de Yavi – P.. de J..-

Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número siete,

R E S U E L V E:

  1. ) Hacer lugar a la presente INFORMACION SUMARIA, promovida y en consecuencia ordenar la Rectificación de Partida de NACIMIENTO de C.E.L., el 22 de Junio de 1977, TOMO 63, Acta nº 25.518, Año 1977, del Registro Civil de La Quiaca– Dpto de Yavi, P.. de Jujuy, República Argentina, consignándose correctamente el número de documento de la madre de la nacida, señora C.L. – D.N.I. Nº 14.896.932.- y...

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