Sentencia nº 79675 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 22 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

S.S. de Jujuy, 16 de diciembre del 2009.

Y VISTO: El Expte. Nº B- 79675/01 caratulado: “Sucesorio ab intestato: V., G.”, y

CONSIDERANDO:

Que, atento al estado de la causa y habiendo practicado las operaciones de inventario y avalado de bienes a fs. 83, la partición de los mismos a fs. 105, y atento el informe de la Dirección Provincial de Rentas de fs. 113, el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3 de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE:

1-Sobreseer el presente juicio sucesorio de don G.V. a favor de los herederos declarados a fs. 77 de autos su cónyuge supérstite D.T.Z., y sus hijos G.E.V., A.A.V., CARMENCITA VILCA, C.F.V., TOMAS A.V., F.V., M.V.V.Y.L.V.T. a quienes se les reconoce la posesión de la herencia.

2- Tener presente la Escritura Publica Nº 170 de Cesión de derechos y acciones hereditarios de fecha 19 de diciembre del 2008 pasada por ante la Escribana Publica M.E.M., Titular del Registro Notarial Nº 63; otorgada por L.V.T., M.V.V., F.V., T.A.V., C.V., A.A.V. y G.E.V. a favor de C.F.V., la que deberá ser transcripta en las hijuelas y rogatorias pertinentes.

3- Tener presente la Escritura Publica Nº 171 de Cesión de derechos y acciones hereditarios de fecha 19 de diciembre del 2008 pasada por ante la Escribana Publica M.E.M. titular del Registro Notarial Nº 63, otorgada por D.T.Z. a favor de C.F.V., la que deberá ser transcripta en las hijuelas y rogatorias pertinentes.

4- Tener a la Sra. C.F.V.D. Nº 14.628.889, argentina, soltera, domiciliada en Siberia Argentina 276 del Barrio 12 de octubre- Abra Pampa- Provincia de Jujuy; por cesionaria de los derechos y acciones hereditarios que le correspondían en la presente sucesión a los Sres. L.V.T., M.V.V., F.V., T.A.V., C.V., A.A.V., G.E.V. a merito de la escritura Escritura Publica Nº 170 agregada a fs. 87.

5- Tener a la Sra. C.F.V.D. Nº 14.628.889, argentina, soltera, domiciliada en Siberia Argentina 276 Barrio 12 de octubre- Abra Pampa- Provincia de Jujuy por cesionaria de los derechos y acciones que le correspondían en la presente sucesión a la Sra. D.T.Z. merito de la Escritura Publica Nº 171 agregada a fs. 89/90 de autos.

6- Adjudicar a C.F.V. como heredera y cesionaria por Escritura Publica Nº 170, la mitad indivisa (1/2) de un inmueble ubicado en Abra Pampa- Departamento Cochinoca, individualizado nomenclatura Catastral: Circ. 1-sección 1, manzana 39, parcela 451, Padrón K 1653 matricula K 1148.

7- Adjudicar a D.T.Z., argentina, DNI Nº 0.981.347 viuda con domicilio en...

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