Sentencia nº 60793 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 17 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B – 60.793/00, caratulado: "ACCION DE PETICION DE HERENCIA DEDUCIDA POR: V.M. c/ SANTUSA MAMANI" del que:

CONSIDERANDO:

Que a fs. 83 se presenta el DR. J.R.C. en representación del SR. V.M. y efectúa propuesta de partición a fin de que se le adjudique al heredero declarado mediante resolución en los presentes autos (ver fs. 55); el inmueble individualizado como: Matrícula I – 417; Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1 – Sección 3 – Parcela 12 – Padrón I – 2699 – Antecedente de Dominio: Lº Fº 390/392, cuya descripción del inmueble son las siguientes: Externos: Frente Norte: 120 m.; Contrafrente Sur: 120,20 m.; Costado Este: 101,20; Costado Oeste: 94,65 m.; Linderos: Norte: Calle; Sur: P/parcela s/nº Finca Yacoraite; Este: Parcela 13; Oeste: Parcela 11, ubicado en el Departamento de Tilcara – Yacoraite – Distrito Huacalera.-

Que a fs. 84 se corre vista de la partición a la heredera SRA. S.M..-

Que no habiendo formulado oposición alguna y encontrándose debidamente notificada ( fs. 94), corresponde aprobar dicha partición y adjudicar el inmueble antes referenciado al SR. V.M..-

Que con relación a las costas del presente y teniendo en cuenta que la parte demandada no ha formulado oposición a la partición, se imponen por el orden causado ( Art. 102 del C.P.C.).-

Que corresponde rectificar la adjudicación efectuada en el Expte. B – 02.634/95, caratulado: “SUCESORIO: MAMANI, D.” del bien inventariado a fs. 44/46 con respecto a la Matrícula I – 417 el que se encuentra registrado en el Asiento Nº 2 a favor de la SRA. S.M., D.N.I. Nº 11.884.520.-

Que por lo expresado el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3:

RESUELVE:

  1. En conformidad con lo dispuesto en el Art. 449 del C.P.C., apruébase en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicios de terceros la Cuenta Particionaria practicada a fs. 83 de autos.-

  2. Dejar sin efecto la adjudicación efectuada en el Expte. B – 02.634/95, caratulado: “SUCESORIO: MAMANI, D.” del bien inventariado a fs. 44/46 con respecto a la Matrícula I – 417 el que se encuentra registrado en el Asiento Nº 2 a favor de la SRA. S.M., D.N.I. Nº 11.884.520.-

  3. ADJUDICAR al heredero declarado en autos; el bien cuya partición obra a fs. 83 al SR. V.M.D.N.I. Nº 17.149.491 argentino, soltero, domiciliado en calle Y.S.º de la Localidad Colonia de San José, de la ciudad de Tilcara, Departamento del mismo nombre, Provincia de J., el inmueble individualizado como: Matrícula I –...

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