Sentencia nº 35303 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 28 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

////Pedro de Jujuy, Diciembre 28 de 2009.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-35.303/07, caratulado: “Inscripción de Nacimiento de M.B.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº9, Secretaría Nº17, del Centro Judicial S.P., del que;

RESULTA:

Que, a fs.12/13 se presenta la Dra. P. delV.P., en nombre y representación de la Sra. B.M., a mérito de copia juramentada de poder (fs.3).

En tal carácter solicita la inscripción de nacimiento su representada como nacida el día 25 del mes de marzo del año 1945, en la Localidad de La Esperanza, Departamento San Pedro, Provincia de Jujuy, y denunciando a los progenitores P.M. (padre) y S.B. (madre), ambos fallecidos.

Ofrece pruebas, invoca derecho y pide se dicte sentencia conforme a derecho.

Y CONSIDERANDO:

  1. -Que, es aplicable al caso lo dispuesto por el Decreto Ley 8204/63.

  2. -Que, al merituar las pruebas aportadas para resolver al respecto, valoradas ellas conforme el principio del art. 16 del Código Procesal Civil, se ponderan: a fs.6/7, fotocopia acta de matrimonio de la Sra. B.M.; a fs.8/11, copias certificados de nacimiento de los hijos; a fs.23 Certificado de Inscripción de Nacimiento Negativo y a fs.24 copia Acta de Reconocimiento de P.M..

  3. -Que, por su parte habiendo tomado la debida participación el Director del Registro Civil y Capacidad de las Personas (fs.25), en su dictamen ha observado respecto de la filiación materna de la Sra. B.M., salvedad que ha merecido de la letrada presentante aceptación (fs.36).

  4. - a)Que, no puede dejarse de lado considerar el tipo de proceso por el cual se ha tramitado esta causa, siéndole aplicable en un todo lo dispuesto por el art. 412 del CPC, atento el carácter de proceso voluntario.

    b)Así se expresa la jurisprudencia: “21- Uno de los requisitos para que exista cosa juzgada es que la sentencia haya recaído en un proceso contencioso. Son insusceptibles, por lo tanto, de adquirir tal calidad las decisiones conclusivas de los llamados procesos voluntarios (CNCiv., Sala A, Mayo 26 1978). ED, 79-199.” (El derecho en Disco Laser. Versión 0.890 Windows. Edición 1998, ©, Albremática S.A., Repertorio: 12. Cosa juzgada. III- Requisitos que condicionan la existencia de la cosa juzgada. C) Existencia de proceso contradictorio previo.).

  5. -Que, en virtud de lo preceptuado por el art. 17 del CPC, es que;

    RESUELVO:

    I.-Hacer lugar al presente y, en consecuencia, ordenar la inscripción del nacimiento de Benita Molina (DNI...

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