Sentencia nº 214318 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 9 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2009
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

Los del expte. N.. B-214318/09 caratulado “EJECUTIVO CRUZ MARCOS C/ LEONAR A.R.” del que,

RESULTA:

Que a fs. 01/05 se presenta el Sr. MARCOS CRUZ con el patrocinio letrado de la Dra. E.G.S. iniciando proceso ejecutivo en contra de E.R.L. por la suma de PESOS DOS MIL ($2000) con mas intereses, gastos y costas, suma que proviene de un pagare sin protesto, con fecha de vencimiento 30 de julio de 2.009 suscripto por la demandada.-

A fs. 06 se tiene por presentada a la parte actora y se ordena el libramiento del mandamiento de pago ejecución y embargo en contra de la demandada.-

A fs. 09 se presenta la Sra. E.R.L. con el patrocinio letrado del Dr. M.D.M.. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes habilitado. Solicita franqueo de autos y suspensión de términos.-

A fs. 11 la demandada opone excepción de pago parcial. Manifiesta que en fecha 17 de julio de 2.008 contrajo un préstamo por la suma de $2000, cantidad que devolvería en cuotas mensuales. Es así que efectuó los pagos que justifica en autos mediante la presentación de recibos. Agrega que la deuda la contrajo con el Dr. Calizaza y no con el ejecutante. Ofrece pruebas. F. petitorio.-

A fs. 13 se tiene por presentada a la demandada y se ordena correr traslado de la excepción articulada.-

A fs. 23 la actora solicita se dicte sentencia descontando los pagos parciales realizados.-

A fs. 23 vta se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para resolver, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida.-

CONSIDERANDO:

Que, la parte demandada presenta para repeler la acción instaurada una excepción de pago parcial, sustentándola en los recibos expedidos por la actora, que si bien carecen de imputación a la deuda que se reclama, han sido reconocidos por la actora, al solicitar se descuente tal importe del monto de la sentencia.

De la compulsa de los recibos agregados por la demandada y reconocidos por la actora, surge que la suma abonada seria de Pesos mil doscientos diez, $1210. Tal es el monto cuya deducción corresponde del importe inicial de demanda, lo que arroja un saldo de Pesos Setecientos Noventa ($790). En consecuencia, tal debió ser el monto original de la demanda.-

En virtud de ello considero corresponde hacer lugar a la excepcion de pago parcial reconociendo el pago de la suma de $ 1210 y descontándolo del monto original de la demanda y mandar llevar adelante la presente ejecución por el saldo adeudado, esto es por la suma de Pesos Setecientos...

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