Sentencia nº 201752 de Tribunal del Trabajo Sala I de Provincia de Jujuy, de 29 de Septiembre de 2009

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2009
EmisorTribunal del Trabajo Sala I

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VISTO: Este Expte. Nº B – 201.752/08, caratulados: “C. de aseguramiento de bienes. P.R.C. c/ LIBRERÍA SAN PABLO S.R.L.”, en los que debe resolverse el escrito recursivo y de sustitución de embargo presentado por la parte demandada, y

CONSIDERANDO:

Que la parte demandada recurre ante el cuerpo la providencia que dispone el embargo que afecta un inmueble por las razones que expresa y en subsidio solicita la sustitución de la medida ofreciendo en garantía cinco vehículos automotores que le pertenece, para acreditarlo adjunta fotocopias certificadas de sus títulos, estimando el valor total en la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS ($ 387.000).

La actora se opone por las razones que expresa a fs. 100. -

Que, el patrimonio del deudor constituye la prenda común de los acreedores y razones de prudencia aconsejan que quien va a iniciar una acción judicial solicite el embargo preventivo para asegurar el resultado de la sentencia que se dicte.

Que, si bien es cierto los créditos laborales tiene naturaleza alimentaria, no es menos cierto de que los autos se encuentran en la etapa inicial del proceso, aún no se ha abierto a pruebas ni fijado la audiencia de vista de la causa, de modo que los derechos del actor se encuentran en expectativa.

Que, en esas condiciones, considerando que el

negocio de la accionada es un establecimiento arraigado y conocido en el medio con capital suficiente para asumir una eventual obligación indemnizatoria y de que el valor de los automotores ofrecidos es importante, resulta razonable hacer lugar a la sustitución de la medida cautelar en la forma que se solicita en el punto III de fs. 94 vtas., de conformidad a lo previsto en los arts. 264 y 267 del C.P.C..

Por todo lo expresado, la Sala I del tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE:

I – Trabar embargo preventivo sobre los automóviles individualizados en el punto III de fs. 94 vtas, de propiedad de Librería San Pablo S.R.L., hasta cubrir la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS ($ 387.000).

II – Levantar el embargo preventivo que afecta al inmueble individualizado como Matrícula A-23066, Manzana 20, Parcela 14, Padrón A-380, registrado a nombre de Librería San Pablo S.R.L., sin costas atento la a naturaleza del planteo (art. 95 segundo párrafo del...

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