Sentencia nº 221432 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14, 31 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 14

///SALVADOR DE JUJUY, 31 de agosto de 2010.-

AUTOS Y VISTOS: El presente Expte. Nº B-221.432/09, caratulado: “RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO PETRONA NIEVE”, y

C O N S I D E R A N D O :

Que, a fojas 12 se presenta el Dr. ISIDORO ARZUD CRUZ, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de la Sra. PETRONA NIEVE, quién es madre de la menor A.S.A., a mérito de la Carta Poder obrante a fojas 2, promoviendo Juicio de rectificación de Partida de Nacimiento del nieto de su conferente T.C.N.R.A., debiéndose agregar el documento de identidad de la progenitora A.S.A., D.N.I. Nº 35.555.120.- Ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la presente información sumaria.-

Que, a fojas 15 toma participación el Director del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, advirtiendo que A.S.A., es mayor de edad, a fojas 24/25 emiten dictámenes los Ministerios Públicos Fiscal y Pupilar.-

Que, fojas 22 el Dr. Isidoro Arzud Cruz, acredita personería por la Srta. A.S.A., mediante Carta Poder obrante a fojas 18; toma participación en autos y acredita la insolvencia económica de su representada.-

Que, de la prueba documental y de reconocimiento que corren agregadas a fojas 2/11 y 17/21 surgen los hechos invocados en el escrito de demanda, teniendo presente la opinión del Director del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (fojas 15) y lo dictaminado por los Ministerios Públicos Fiscal y P. a fojas 24 y 25, respectivamente y de conformidad con lo dispuesto por los Arts.16, 17, 417, ss. y cc. del C.P.C. y los Arts. 18 y 19 de la Ley 18.248 y su modificatorias, la suscripta es de opinión que nada obsta hacer lugar a la acción incoada y en consecuencia, ordenar la rectificación de la siguiente partida: 1) PARTIDA DE NACIMIENTO de T.C.N.R.A., D.N.I. Nº 49.282.815, nacido el día 22 de febrero de 2009, en San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, inscripto en Acta Nº 5929, Tomo Nº 20, Año 2009, del Registro Civil de ésta Capital, debiendo adicionarse el documento de la madre A.S.A., D.N.I. Nº 35.555.120.-

Por los motivos apuntados el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial número siete,

R E S U E L V E :

  1. Hacer lugar a la presente INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA. En consecuencia, ordenar la rectificación de la siguiente partida: 1) PARTIDA DE NACIMIENTO de T.C.N.R.A., D.N.I. Nº 49.282.815, nacido el día 22 de febrero de 2009, en San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy,...

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