Sentencia nº 24671 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 22 de Junio de 2010

Fecha de Resolución22 de Junio de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº B – 24.671/97, caratulado: "SUCESORIO: JEREZ, S." (ACUMULADO EL EXPTE. B – 229.544/10, caratulado: “SUCESORIO: JEREZ, S.” del que:

CONSIDERANDO;

Que con fecha 28 de Octubre del año 1.997 se decreta la apertura de la presente sucesión en éste Juzgado y Secretaría, según constancias de fs. 14.-

Que con posterioridad se inicia el Juicio Sucesorio de D.S.J. el que se enconraba radicado en Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 - Secretaría Nº 6.-

Que a fs. 107 el mencionado Juzgado y Secretaría Nº 6, ordena su remisión del Expte. Nº B – 229.544/10, caratulado: "SUCESORIO: JEREZ, S.", a éste Juzgado y Secretaría Nº 5 para ser acumulados al Expte. Nº B – 24.671/97, caratulado: "SUCESORIO: JEREZ, S.".-

Que coexistiendo abiertos dos juicios sucesorios de la misma persona se aconseja su acumulación con fundamento en los principios legales que sientan la necesidad de la unidad del proceso sucesorio; lógica consecuencia de la unidad del patrimonio que se trasmite. Así se ha señalado: "que en la determinación del órden en que deben acumularse dos juicios sucesorios de...

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