Sentencia nº 1811567 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 4 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2010
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 FEBRERO DE 2010

Y VISTO: El Expte Nº 181567/07 caratulado: "SUCESORIO AB-INTESTATO: RPDRIGUEZ DE GARECA, N. ROSARIO" y

CONSIDERANDO:

Que, atento al estado de la causa y habiendo practicado las operaciones de inventario y avalúo de bienes, y abonado la tasa de justicia conforme a la liquidación de la Dirección General de Rentas obrante a fs. 80 de autos, el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 3 de la Provincia de Jujuy,

RESUELVE:

1- SOBRESEER el presente juicio sucesorio de D.N.R.R. DE GARECA y adjudicar a los herederos declarados a fs. 63/64 de autos, su cónyuge E.R.G., DNI Nº 7.285.918 y sus hijos M.C.G., DNI Nº 14.924.408, casada; E.R.G. (h), DNI Nº 16.428.754, soltero; F.A.G., DNI Nº 23.984.624, casada; N.N.G., DNI Nº 16.886.661, divorciada y M.F.G., DNI Nº 20.455.511, soltera, todos argentinos, y Ampliatoria de Declaratoria obrante a fs. 68, adjudicar heredera a la Sra. I.R.G., DNI Nº 16.031.694, soltera sobre el bien inventariado a fs. 74.-

2- SOBRESEESE el presente juicio sucesorio de NELIDA ROSARIO RODRÍGUEZ DE GARECA, a favor del cesionario de los derechos y acciones de sus herederos, al SR. E.E.R., argentino, DNI Nº 8.294.808, casado, dándole la posesión de la herencia y adjudicándole el dominio del inmueble inventariado y descripto en la Escritura Pública de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias Nº 391, de fecha 25 de Septiembre de 2007 autorizada por la Escribana Susana Macina de Carrera, consistente en la séptima parte indivisa del inmueble individualizado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN 1 – SECCION 1 – MANZANA 49- PARCELA 25- PADRÓN 150 – MATRICULA A-56160.

3- Regular los honorarios profesionales del DR. JOSE CESAR E. ZAMPONI en la suma de PESOS $3.417, por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en el art. 10 de la ley Arancelaria, el que estará a cargo de la Sucesión. Y como perito inventariador y Partidor la suma de PESOS $142,41 en conformidad al los arts. 2,4,6 y 16 de la Ley 1687/46.-

4- Cumplido los aportes previstos por el inc. "e"...

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