Sentencia nº 204542 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5, 30 de Diciembre de 2009
Fecha de Resolución | 30 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 5 |
AUTOS Y VISTOS:
Los del presente Expte. B-204542/09 caratulado." INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA: B.C.T. " y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 23 se presenta la DRA. S.I.M. -DEFENSORA OFICIAL DE POBRES y AUSENTES- como apoderada del SR. C.T.B. promoviendo la presente Información Sumaria por Rectificación de partida de defunción.-
Que al relatar los hechos la promotora de autos manifiesta que su mandante es hijo de M.A.B. persona de avanzada edad quién extravió el DNI en la vía pública y desde ése momento no realizó los tramites pertinentes a obtener el DNI manejándose para los actos de la vía civil con constancia policial.-
Que el 13 de ENERO de año 2009 se produce el deceso del SR. M.A.B. y su defunción fue inscripta sin el número de su Documento Nacional de Identidad .-
Que producida la prueba, la causa se remite a la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la provincia de Jujuy, el cúal a fs.27 expresa favorablemente.-
Se corre vista a los efectos de emitir su dictamen al MINISTERIO PÚBLICO FISCAL que se expide a fs. 35 de autos.-
Por todo ello y atento a lo prescripto por los arts. 417, 418, 419 del C.P.C.‚éste Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N º3- de la Provincia de Jujuy:
RESUELVE:
I-Hacer lugar a la presente INFORMACION SUMARIA POR RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION, en todas sus partes en cuanto por derecho por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de terceros, ordenándose la rectificación de la partida de Defunción de M.A.B. y en donde dice “ “D.N.I----” deberá decir “ D.N.I:. 7.275.726”.-
II- Líbrese oficio al Director del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de J. a los fines de que proceda a tomar razón de lo dispuesto en el párrafo anterior en el TOMO 37-ACTA Nº 13.039- DEL AÑO 2009 Fº 11 de SAN SALVADOR DE JUJUY- DEPARTAMENTO DR. MANUEL BELGRANO de la PROVINCIA DE JUJUY, R. ARGENTINA del 15 de ENERO del año 2009.-
III-Agregar copia en autos, protocolizar y notificar por cédula.-
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