Sentencia nº 198377 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala I de Provincia de Jujuy, de 11 de Abril de 2011

Fecha de Resolución11 de Abril de 2011
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala I

En la Ciudad de San Salvador de Jujuy , Provincia de Jujuy , República Argentina , a los 11 días del mes de abril del 2011 , los Sres. Vocales de la Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial , D.. V.E.F. , M.R.C. de A., y M.V.P., vieron el Expte . n° B – 198377/08, caratulado : “ Ordinario por Cobro de Pesos: TARJETA NARANJA S. A. C/ RAÚL D. GONZALEZ", en el que:

El Dr. V.E.F., dijo:

Por estos obrados, comparece el Dr. G.E.M.S., en calidad de apoderado TARJETA NARANJA, promoviendo demanda ordinaria por cobro de pesos en contra de R.D.G..

Sustenta su acción en las razones de hecho y derecho que invoca y conforme a las cuales dice que R.D.G. celebró con TARJETA NARANJA S.A. un contrato de emisión de Tarjeta de Crédito, para lo cual suscribió la solicitud respectiva.

Siendo el demandado titular de la tarjeta antes mencionada se convierte en el responsable del sistema de compra y financiamiento de la misma.

En un primer momento las relaciones entre las partes se cumplierón según las previsiones contractuales, el accionado comenzó a operar con la tarjeta y cumplió con los pagos en forma regular conforme liquidaciones que mensualmente se le remitían. Ello fue así hasta que el día 10/12/2007no abonó el resumen con fecha liquidada con vencimiento para esa fecha, así tampoco los hizo respecto de las liquidaciones con vencimiento o para los meses subsiguientes.

De dichos resumen/es surgen las fechas y los comercios adheridos en donde el demandado realizó compras, recibió dinero en efectivo y/o el plan de pagos propuestos de pago de deuda.

Además de tales operaciones, oportunamente incluidos en los resúmenes emitidos, se generaron otros propios del sistema tales como los cargos fijos, gastos de gestión, revista, etc.

El/os resumen/es enviados no fueron observados por el R.D.G. accionado, por lo que se generó un total exigible de pesos 2225.81, suma esta que a la fecha se encuentra impaga. Ofrece pruebas, y concluye solicitando que oportunamente se haga lugar a la demanda en todas sus partes condenando al accionado al pago de lo reclamado con más intereses, IVA sobre intereses y costas. ordene el pago de lo reclamado con intereses y costas.

Corrido el traslado de la demanda, R.D.G. no comparece a estar a derecho y a pedido de parte se resuelve a fs. 34 dar por decaído el derecho que dejó de usar , haciendo efectivo el apercibimiento con que fuera emplazado, por contestada la demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C., y advirtiendo que el demandado no ha sido notificado en persona a sus efectos se procede a la designación del DEFENSOR DE POBRES y AUSENTES( FS.39).

. A Fs. 50/vta. toma participación R.D.G. con patrocinio letrado de la Dra. M.A.T.D. de Pobres y Ausentes, solicita beneficio de justicia gratuita, formula allanamiento y propone forma de pago.

A fs. 67 el Dr. S. denuncia incumplimiento de la propuesta de pago solicitando se dicte sentencia , por...

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