Sentencia nº 32050 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18, 26 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 18

.

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. N° A-32.050/06, caratulado: “Inscripción de nacimiento y accion de reconocimiento, solicitado por E.A.F. por las menores D.N. y J.E.F.”, que tramita por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 9, Secretaría N° 18, del que:

RESULTA: Que a fs. 9 se presenta la Dra. M.C.L., Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de E.A.F., a mérito de Carta Poder que rola agregada en autos, solicitando la inscripción de nacimiento de quienes indica como sus hijas D.N. y J.E.F. nacidas el 12 de abril de 1991 en la provincia de Tucumán.

Ofrece pruebas, invoca derecho y pide se dicte sentencia conforme a derecho.

Y CONSIDERANDO: 1.- Que es aplicable al caso lo dispuesto por el Decreto Ley 8204/63.

  1. - Que al merituar las pruebas aportadas para resolver al respecto se ponderan: a fs. 7/8 copia de informe estadístico de nacido vivo, a fs. 2/4 copia de DNI de E.A.F. y M. delV.N., a fs. 21/22 acta audiencia de visu, a fs. 29/30 informe negativo de la Dirección Nacional de Migraciones, a fs. 47 certificado de edad presunta emitido por profesional medico, a fs. 52/58 informe de la Maternidad Ntra. Sra. De las Mercedes.

  2. - Que, no se encuentra acreditado en autos el Beneficio de Justicia Gratuita solicitado.

  3. - a) Que, no puede dejarse de lado considerar el tipo de proceso por el cual se ha tramitado esta causa, siéndole aplicable en un todo lo dispuesto por el art. 412 del C.P.C., atento el carácter de proceso voluntario.

    1. Así se expresa la jurisprudencia: “21- Uno de los requisitos para que exista cosa juzgada es que la sentencia haya recaído en un proceso contencioso. Son insusceptibles, por lo tanto, de adquirir tal calidad las decisiones conclusivas de los llamados procesos voluntarios (CNCiv., Sala A, Mayo 26 1978). ED, 79-199.” (El derecho en Disco Laser. Versión 0.890 Windows. Edición 1998, ©, Albremática S.A., Repertorio: 12. Cosa juzgada. III- Requisitos que condicionan la existencia de la cosa juzgada. C) Existencia de proceso contradictorio previo.)

  4. - a) Que, el Decreto Ley 8.204/63 (y sus reformas) del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, prevee en el art. 30.- “Están obligados a solicitar la inscripción del nacimiento: 1º El padre o la madre, y a falta de ellos, el pariente más cercano que exista en el lugar o la persona a cuyo cuidado hubiera sido entregado el recién nacido. 2º ... 3º ... 4º...” y en el art. 31.- “El hecho del nacimiento se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR