Sentencia nº 208372 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 25 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

Libro: F.:

AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-208.372/09, caratulado: "S.G.D.D., M.C., D., A."

RESULTA :

Que, fs. 115 se presenta la Dra. C.F.D.T.P. en nombre y representación de C.D., J.D. y J.D. y solicita se rectifique la resolución declaratoria de herederos declarando solamente a J.D., M.D., J.D., N.D. y C.D.. Aduce que los herederos de N.D. han sido notificados y no han comparecido a juicio. Y,

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 99, en fecha 21 de junio del corriente año, se ha dictado resolución declaratoria de herederos a favor de los hijos C.D., M.D., N.D., J.D., J.D. y los herederos de N.D.: E.Q., A.H.D., M.E.D., M.A.D. y R.J.D..

Que a fs.67/68, la Letrada presenta Testimonio de hijuelas librado en el juicio sucesorio de Nicodemos DIAZ (hijo de los Causantes).

Que a fs.77vlta. y 78 consta las notificaciones a Amelia Haydee, M.E., R. y M.A.D. y quienes no se han presentado a juicio.

Que como manifiesta la Letrada no se cumplido el inc. 1º del Art. 437 del CPC., por lo que corresponde hacer lugar a los solicitado.

Por todo ello,

RESUELVE:

  1. -Derogar el punto 1 de la resolución de fecah 21 de junio de 2011 -fs.99-.

  2. -Declarar que por el fallecimiento de M.C.G., hecho ocurrido el 29 de febrero de 1.984 y de A.D., hecho ocurrido el 6 de junio de 1.982, ambos en Humahuaca, Departamento del mismo nombre de esta Provincia, son sus únicos y universales herederos, sin perjuicio de terceros, en cuanto por derecho hubiere lugar, los hijos C.D., M.D., N.D., J.D. y J.D., a quienes se le reconoce la posesión de la herencia conforme lo previsto por los Arts. 3410 y cctes. del Código Civil.-

  3. - Agregar copia, hacer saber, etc..-

sc

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