Sentencia nº 254882 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 11 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución11 de Octubre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2

S.. 2

AUTOS Y VISTOS:

Los de este Expte. Nº B- 254882/11: caratulado EJECUTIVO: M.J.A. c/C.L.D.V., y de los que:

RESULTA:

Que a fs. 7/8 se presenta el Dr. D.L.Z., promoviendo juicio ejecutivo por la suma de pesos treinta mil ($30.000), en contra de L. delV.C. -

Que a fs.9 se ordena librar mandamiento de pago y a fs. 12/13 luce notificación a la ejecutada.-

A fs. 14/15 se presenta la ejecutada con patrocinio letrado del Dr. J.C.S., manifiesta que hay abuso de derecho, cita el art. 1071 del Código Civil, dice que el actor le hizo un préstamo en dinero que no es ni siquiera la mitad de la suma que se ejecuta. Hace reserva de realizar un juicio ordinario posterior. Solicita se rechace la ejecución con costas.-

A fs. 18/21 el Dr. D.Z. contesta el traslado oportunamente corrido y manifiesta que la defensa planteada por la ejecutada no son de las que se pueden interponer en un juicio ejecutivo. Hace mención a la naturaleza del juicio ejecutivo y cuales son las excepciones oponibles y demás argumentaciones a las que nos remitimos en honor a la brevedad. Hace reserva del caso federal y solicita se haga lugar a la ejecución con costas.-

A fs. 24 se llama autos para resolver y se impone multa al Dr. J.C.S. por no haber cumplido con los aportes de ley.-

A fs. 29 el Dr. J.S. plantea revocatoria con apelación en subsidio por dicha multa, en cuanto impuesta la multa fue impuesta después de haber cumplido con los aportes de ley.-

CONSIDERANDO:

Que en virtud del principio iura novit curia interpreto que la ejecutada opuso excepción de falsedad de titulo basada en abuso de firma en blanco. Que la falsedad de título consiste en la adulteración material del documento (art. 486 CPC.). Que dicha excepción con fundamento en el abuso de firma en blanco, solo puede consistir en la adulteración material del documento, ya sea en la firma o en el resto de su contenido, pesando sobre el excepcionante la carga de la prueba, y no sobre el abuso de confianza, cuestión no discutible en el ámbito del juicio ejecutivo (Expte Nº 2643/94). (E.. Nº 4699/99 27/4/99 Sala II Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy ).-

A mayor abundamiento la jurisprudencia ha considerado que el llenado del pagaré librado en blanco es, en si mismo legítimo, con tal de haber sido llenado antes de la presentación al cobro y la violación de convenciones relativas al mismo no pueden discutirse en juicio ejecutivo (E.D. T.95 pg. 369). –

Que en el caso de autos, dicha...

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