Sentencia nº 30643 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 6 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

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AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº A-30.643/06, caratulado: “Ordinario por Divorcio Vincular. A.M. de los Ángeles c/ M.R.N.” de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17 del que;

RESULTA: Que a fs. 17 se presenta el Dr. D.A.C. en nombre y representación de M. de los Ángeles Acosta (DNI 12.139.624) a mérito de carta poder que adjunta, promoviendo demanda ordinaria de divorcio por culpa del demandado en contra R.N.M. (DNI 10.903.514), solicita también medidas complementarias (exclusión de hogar, otorgamiento de tenencia, protección de persona, alimentos, justicia gratuita). Expone hechos, invoca derecho, cita jurisprudencia, agrega y ofrece prueba y peticiona se haga lugar a la demanda. A fs. 47 se dispone traslado de demanda. A fs. 80 se resuelve respecto de la exclusión del hogar conyugal al demandado. A fs. 96 se tiene por contestada demanda en tiempo y forma y se corre traslado a la actora a los fines del art. 301 CPC, como también se le corre traslado de la reconvención deducida, providencia ésta que materia de recurso de revocatoria con apelación en subsidio a fs. 105, revocatoria que es rechazada a fs. 113 y sustanciada la apelación ésta última es resuelta por el Tribunal de Alzada a fs. 123 que revoca aquella providencia y así se tiene por contestada fuera de término la demandada y por extemporánea la presentación cuyo desglose (fs. 55/69) manda a producir. Dispuesto por este judicante el cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal de Alzada, se declara la cuestión como de puro derecho, se ponen autos para alegatos a fs. 134. Presentados éstos solo por la actora a fs. 142/143, se llaman autos para sentencia a fs. 144, providencia ésta que notificada a las partes a fs. 145/146 se encuentra firme y consentida y los obrados en estado de resolver.

Y CONSIDERANDO: 1.- Que, en autos se trata que M. de los Ángeles Acosta (DNI 12.139.624) promueve demanda ordinaria de divorcio por culpa del demandado en contra R.N.M. (DNI 10.903.514) sobre la base de una secuencia hechos que relata y que configuran injurias graves (causal prevista por el art. 202 inc. 4 CCA) y que, a manera de síntesis expone la actora cuando manifiesta que “… este accionar impío y deplorable del demandado, además de causar graves daños en la salud psicofísica de mi mandante, ocasiona daños severos en la salud física y mental de los menores y los hermanos que aún conviven con ambos quienes deben ver como su padre maltrata indignamente a su madre. Ya las menores están en situación de inestabilidad emocional continua, lo cual puede derivar, de no recibir tratamiento psicológico adecuado, en deterioro de la formación y comportamientos exponiéndolas a situaciones de riesgo elevado” (fs. 17 vta).

  1. - Que, por su parte, respecto del demandado (quien también reconviene), luego de recursos interpuestos contra su presentación, resulta que por resolución de apelación del Tribunal de Familia (tribunal de alzada) a fs. 123 dispone el desglose de la...

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