Sentencia nº 41502 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16, 28 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 16

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AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº A-41.502/09, caratulado: “M.A.A. c/REINALDOH.C. de los que:

RESULTA: Que, a fs. 8 y vta. se presenta el Dr. S.A.R. solicitando personería de urgencia para actuar en nombre y representación de la Sra. M.A.A., promoviendo juicio ejecutivo en contra del Sr. R.H.C., por cobro de la suma de PESOS TRES MIL $ 3.000) con más sus intereses y costas.

Que, la deuda reclamada se encuentra instrumentada en un pagaré con la cláusula “sin protesto”, en el que según se refiere, el término para su pago se encontraba vencido al tiempo de la interposición de la presente demanda, sin que se haya verificado pago alguno. Que, a fs. 16 se lo tiene por presentado y se ordena intimar de pago al accionado citándolo a oponer excepciones legítimas si las tuviere, medida que se efectiviza según constancias que son agregadas a fs. 17 de autos.

Que, a fs. 22 se presenta el Dr. F.F.O. solicitando personería de urgencia para representar al Sr. R.H.C., oponiendo falsedad del título base de la acción, manifestando que el documento que sirve de base a esta ejecución no ha sido suscripto por el y que por lo tanto la firma en el inserta no le pertenece ni ha sido estampada de su puño y letra. Acto seguido ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la defensa opuesta, rechazándose la demanda con costas.

Que, contestada la vista a fs. 28, la actora solicita se dicte sentencia por los argumentos que expone y a los que me remito en honor a la brevedad.

Que, mediante providencia de fs. 30 se abre a prueba la causa y se provee la prueba ofrecida recayendo la designación del perito calígrafo para intervenir en autos, en la persona del licenciado F.B.L., quien se recibe del cargo y efectúa los requerimientos a fin de confeccionar la pericia encomendada.

Que, luego de haberse intimado al demandado (fs. 43 y 51) a realizar el deposito del monto fijado como adelanto de gastos de pericia a fin de la realización de dicha prueba, y ante el incumplimiento de lo ordenado, a solicitud de la actora se da por desistida la producción de la prueba y se llaman autos para resolver (fs. 60), providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida por las partes, y

CONSIDERANDO: Que, tal como se relatan los hechos precedentemente, en autos la demandada cuestiona la validez del título base de la ejecución con el argumento que el documento que sirve de base a esta ejecución no ha sido suscripto por él y que por lo tanto la firma inserta no le pertenece ni ha sido estampada de su puño y letra, ofreciendo para demostrarlo la realización de la prueba pericial caligráfica.

Que, planteada así la cuestión, previo análisis de las argumentaciones y...

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