Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Diciembre de 2011, B. 877. XLIV

Fecha27 Diciembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 877. XLIV.

RECURSO DE HECHO B., O.;Enrique s/ p.s.a. homicidio culposo agravado – causa n° 40/07.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011 Autos y Vistos:

Habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el artículo 310, inciso 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia extraordinaria.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia.

N. y archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por R.A.D. y R.M.M., representados por el Dr. J.;Antonio Solá. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje. -1-

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