Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 2011, P. 258. XLVII

Fecha29 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 258. XLVII.

RECURSO DE HECHO Provincia del Chubut c/ Ghisla, D.;Alexis s/ recurso de hecho.

Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de D.;Alexis Ghisla en la causa Provincia del Chubut c/ Ghisla, D.;Alexis s/ recurso de hecho

, para decidir su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja.

Intímase a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. N. y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY (según su voto).

ES COPIA VO-1-

P. 258. XLVII.

RECURSO DE HECHO Provincia del Chubut c/ Ghisla, D.;Alexis s/ recurso de hecho.

TO DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA C.;M. ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. C.;M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por: el Dr. A.;Hugo Barone, Defensor General de la provincia del Chubut, por el imputado D.;Alexis Ghisla. Tribunal de origen:

la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Chubut. Tribunal que intervino con anterioridad: el Tribunal Colegiado de la ciudad de Esquel, provincia del Chubut. -3-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR