Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2011, O. 40. XLVII

Fecha27 Septiembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 40. XLVII.

RECURSO DE HECHO ONAB c/ Rotary Club de V.P. s/ lanzamiento ley 17.091.

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por Sport Club S.R.L. en la causa ONAB c/ Rotary Club de V.P. s/ lanzamiento ley 17.091”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario, no ha cumplido con los requisitos previstos en los arts.

4º y 7°, inc. c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs.

  1. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho deducido por Sport Club S.A., demandado en autos, representado por el Dr. H.O.L., con el patrocinio letrado del Dr. A.E.;Weigel Muñoz. Tribunal de Origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo —Sala IV—.

Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nº 1. -1-

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