Acuerdo Reglamentario Nº 1070 - Serie “a”

Fecha de la disposición30 de Agosto de 2011
BOLETÍN OFICIAL
CÓRDOBA, 12 de setiembre de 2011
AÑO XCIX - TOMO DLX - Nº 171
CORDOBA, (R.A.), LUNES 12 DE SETIEMBRE DE 2011
www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECCIÓN
PUBLICACIONES DE GOBIERNO
TRIBUNAL SUPERIOR DE
Justicia
Acuerdo Reglamentario Nº 1070 - Serie “A”. En la ciudad de CORDOBA, a
treinta días del mes de agosto del año dos mil once, con la Presidencia de la Señora Vocal Decana
Dra. María Esther CAFURE de BATTISTELLI, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, María de las Mercedes
BLANC G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia del Señor
Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA y
ACORDARON:
Y VISTO: Que por Ley Nº 9532 de fecha 27 de octubre del año 2008, se creó el Juzgado en lo
Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Segunda Nominación con competencia en Concursos
y Sociedades, del Centro Judicial de Alta Gracia, perteneciente a la Primera Circunscripción.
Y CONSIDERANDO: I) Que el inciso 24 de la Ley 8435 (L.O.P.J.) le atribuye a este Alto Cuerpo
asignar a Tribunales, Salas o Juzgados, dentro de la competencia general atribuida por la Ley y
conforme a las necesidades de especialización, competencia excluyente para conocer la materia
o materias determinadas dentro de cada Circunscripción Judicial.
II) Que conforme la alta especialidad de la temática Concursal y Societaria y al igual que en
situaciones similares, corresponde que las mismas sean tramitadas por la Cabecera de la
Circunscripción.
III) Que en razón de la creación del Juzgado mencionado y a los fines de lograr un equilibro
cuantitativo y cualitativo de las causas, corresponde que dicho tribunal estará de turno en un año
calendario.
Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones de superintendencia (L.O.P.J. art. 12, incs. 4°
y 25° y 73), el Tribunal Superior de Justicia,
RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER que la competencia asignada en materia Concursal y Societaria
al Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Segunda Nominación con competencia en
Concursos y Sociedades, del Centro Judicial de Alta Gracia, perteneciente a la Primera Circunscripción,
se tramitarán en los Juzgados especializados del Centro Judicial de esta Capital.
Artículo 2º.- DISPONER que a partir del 01 de septiembre del corriente año y por el término de
un año calendario, el Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Segunda Nominación
con competencia en Concursos y Sociedades, del Centro Judicial de Alta Gracia, perteneciente a
la Primera Circunscripción se encuentre de turno permanente.
Artículo 3°.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a la Delegación
de Administración General local, a los Juzgados Civiles, Federación de Colegios de Abogados, al
Colegio de Abogado de Córdoba, Oficina de Asistencia y Coordinación de lo Centros Judiciales
del Interior de la Provincia y dese la más amplia difusión.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora
Vocal Decana, con la asistencia del Señor Administrador General, Dr. Gustavo Argentino PORCEL
de PERALTA.-
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
VOCAL
DR. GUSTAVO ARGENTINO PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR