Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Agosto de 2011, B. 316. XLV

Fecha23 Agosto 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 316. XLV.

RECURSO DE HECHO Birella, Ida c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo.

Buenos Aires, 23 de agosto de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Economía y Producción en la causa Birella, Ida c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a lo manifestado por el Estado Nacional a fs.

46, no se advierte que la decisión apelada mediante recurso extraordinario ocasione al recurrente un gravamen que pueda dar sustento a dicho recurso.

Por ello, habiendo dictaminado la señora Procuradora Fiscal, se desestima esta presentación directa. Toda vez que el depósito del que da cuenta la boleta de fs. 48 no es hábil a los efectos de lo dispuesto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, intímase al apelante para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en la mencionada norma —según el monto establecido en la acordada 2/07—, de conformidad con lo prescripto en la acordada 47/91. N., tómese nota por Mesa de Entradas, desglósese el comprobante de fs.

48 para ser devuelto a su presentante, remítanse los autos principales al tribunal de origen y, oportunamente, archívese la queja.

R.L.L. -E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.;PETRACCHI - JUANC.;MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, representado por la Dra. E.;A. Cataldo. -1-

Tribunal de origen:

Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 9 y Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. -2-

B. 316. XLV.

RECURSO DE HECHO Birella, Ida c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo.

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2010/monti/mayo/birella_ida_b_316_l_xlv.pdf Pesificación - Bono de consolidación de deudas - Dólares estadounidenses - Emergencia económica -3-

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