Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 31 de Mayo de 2011, N. 110. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 110. XLVI.

RECURSO DE HECHO N., V.H. c/ Transporte Automotor Municipal Sociedad de Estado s/ ordinario – despido – enfermedad.

Buenos Aires, 31 de mayo de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa N., V.H. c/ Transporte Automotor Municipal Sociedad de Estado s/ ordinario – despido – enfermedad”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no refuta los motivos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportunamente, archívese.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por V.H.N., actor en autos, representado por la Dra. A.;María Pareja, en calidad de apoderada. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Córdoba. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala 11 de la Cámara del Trabajo de Córdoba; Juzgado de Conciliación de Cuarta Nominación, Secretaría n° 8, de Córdoba. -1-

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