Resolución N 167/GCABA/SSPLAN/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición12 de Abril de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 167/GCABA/SSPLAN/11SE AUTORIZA AL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN AYACUCHO 1176

Buenos Aires, 12 de abril de 2011

RESOLUCIÓN N.° 167/SSPLAN/11.

Buenos Aires, 12 de abril de 2011

VISTO:

El Expediente N° 1582817/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Ayacucho N° 1176, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar y Oficinas;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 46,07m2 de los cuales 28,42m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (SS: Sala de Máquinas; PB: Sector Patio de Acceso; PE: Depósito), en tanto que 17,65m2 en forma no reglamentaria (PB: Sector Oficina), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (fojas 6) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 1 y 3 a 5); con destino "Vivienda Unifamiliar y Oficinas";

Que obra a fojas 22/23 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 9;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 4.1.3.3 "Prohibiciones relativas a las Áreas Descubiertas" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 24 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 22/23), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y...

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