Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Diciembre de 2010, U. 18. XLVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

U. 18. XLVI.

Univpesca S.A. c/ A.F.I.P.

– D.G.I. s/ impugnación judicial res. adm.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 14 de diciembre de 2010 Vistos los autos:

Univpesca S.A. c/ AFIP – DGI s/ impugnación judicial res. adm.

.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo desestima.

Con costas.

N. y devuélvase. ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional, representado por las Dras. M.;Susana Calvo y L.;Raquel Núñez. Traslado contestado por Univpesca S.A., representado por el Dr. F.;ManuelR.. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Mar del Plata. Intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Mar del Plata nº 4.

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    ...formular los planteos respecto de la aplicación y validez constitucional del tributo creado por el art. 1° de la ley 25.848. Contenidos U. 18. XLVI I . UART y otros el EN - ley 25.848 51 proceso de conocimiento. Buenos Aires, ~I eh ~06io ‹iR. J,.üI3. Vistos los "UART y otros cl EN - ley 25.......
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