Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Agosto de 2010, I. 45. XLVI

Fecha03 Agosto 2010
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

I. 45. XLVI.

RECURSO DE HECHO Instituto de Obra Social c/ Estado Nacional -Ministerio de Obras y Servicios Públicos- Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca - Tesorería General de la Nación s/ Ejecución 23.660.

Año del Bicentenario Buenos Aires, 3 de agosto de 2010 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Instituto de Obra Social c/ Estado Nacional -Ministerio de Obras y Servicios Públicos- Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca - Tesorería General de la Nación s/ Ejecución 23.660@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la recurrente no ha cumplido con los requisitos exigidos por el art. 11 del reglamento aprobado por la acordada 4/07.

Por ello, se desestima la presentación directa. N. y archívese. R.;LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGOP.;- JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI (según su voto) - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA VO -1-

-2-

I. 45. XLVI.

RECURSO DE HECHO Instituto de Obra Social c/ Estado Nacional -Ministerio de Obras y Servicios Públicos- Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca - Tesorería General de la Nación s/ Ejecución 23.660.

Año del B. TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la presentación directa. N. y archívese. E. RAUL ZAFFARONI.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación, representada por el Dr. R.;Guillermo Grossman.

Tribunal de origen: Cámara Federal de la Seguridad Social, S.;II.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N1 9. -3-

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