Decreto 3045 / 2006. Decreto Sintetizado del 18 de Septiembre de 2006. Aviso Nro: 11061

Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2006
Número de Boletín26376
Fecha de Publicación21 de Septiembre de 2006

DECRETO N° 3.045/5 (SE), del 18/09/2006. Expte. N° 015837/230-S-2006. VISTO que la Ley N° 7.584 modificatoria de la Ley N° 3470 crea, entre otras, la Junta de Clasificación de Educación Técnica, Agrotécnica y Educación no Formal y la Junta de Clasificación de Educación Superior, Especial y Artística dependientes de la Secretaría de Estado de Educación, y CONSIDERANDO:

Que corresponde disponer la elección de los Vocales que en representación del personal docente debe incorporarse a dichos Organismos. Que el Decreto N° 1315/14 (SE)-84 y su modificatorio, Decreto N° 5152/14 (SE)-84, establece el Reglamento que debe regir para la elección de los representantes del Magisterio ante las Juntas de Clasificación. Que a los efectos antes señalados, procede integrar las Juntas Electorales que atenderán sendos comicios, con determinación de la fecha en la que se llevarán a cabo y la sede en que se desarrollarán sus actividades. Que mediante Ley N° 7461 se dispuso la titularización de los docentes imterinos del Nivel Superior no Universitario, norma reglamentada por Decreto N° 1435/5 (SE)-06, que se encuentra en curso de cumplimiento. Que en mérito a ello y en razón de la exigencia del art. 50, inc. a) de la Ley N° 3470 (modificada por Ley N° 7584), resulta oportuno y conveniente autorizar por esta única vez y con carácter excepcional la Junta Electoral con competencia en la elección de los Vocales de la Junta de Clasificación de Educación Superior, Especial y Artística, a admitir la postulación de docentes que revistan en condición de interinos, en la medida que reúnan las condiciones exigidas por la referida Ley N° 7461 para acceder a la titularidad en dicho Nivel. Que corresponde destacar que por aplicación del art. 2°, apartado b), de la Ley N° 7584, el mandato de los representantes docentes en la Junta de Clasificación de Educación Técnica, Agrotécnica y de Educación No Formal y en la junta de Clasificación de Educación Superior, Especial y Artística, "... concluirá, por esta única vez, el 8 de noviembre de 2008". Por ello; y atento lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 32 (Dictamen Fiscal N° 2567/06, de fecha 11/09/06). El Gobernador de la Provincia DECRETA:

Artículo 1°

Convócase al Magisterio de la Provincia de los Niveles y/o Especialidades de Enseñanza Técnica, Agrotécnica, Educación No Formal, Superior, Especial y Artística, dependiente de la Secretaría de Estado de Educación, titulares o interinos -incluidos los que estuvieran suspendidos, adscriptos, en comisión de servicio o en uso de licencia-, que revistaren en establecimientos estatales de dientes de dicho Organismo, para la elección de los tres (3) representantes titulares, con sus...

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