Aviso Oficial en los Sumarios Nº 08-155, 08-161, 08-013, 08-001 - Se Cita a Gareca Feliciano Bertin, Cordoba Silvina, y Otros

Fecha de disposición06 Junio 2008
Fecha de publicación06 Junio 2008
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31421

I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a la entidades que a continuación se detallan: -FEDERACION NACIONAL DE COOPERATIVAS- FENACOOP COOPERATIVA LIMITADA, MATRICULA Nº 15.686 (Resolución Nº 1228/06) Expte: 525/06; -COOPERATIVA DE TRABAJO PUERTO ARGENTINO LIMITADA, MATRICULA Nº 15.387 (Resolución Nº 1150/07) Expte: 1607/07; -COOPERATIVA DE TRABAJO DE INSTALADORES LIMITADA, MATRICULA Nº 17.220 (Resolución Nº 2404/07) Expte: 1115/07 y COOPERATIVA ARGENTINA 7 DE AGOSTO LIMITADA, MATRICULA Nº 14.546 (Resolución Nº 3512/05) Expte: 4322/05 designándose a la suscripta Instructora Sumariante.

De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Capital Federal, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1º inc. f) de la Ley Nº 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además, que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991).

El presente deberá publicarse por TRES (3) días en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DRA. ANDREA DELBONO.

Instructora sumariante.

ANDREA DELBONO, Abogada, Instructora Sumariante - INAES, e. 06/06/2008 Nº 579.644 v. 06/06/2008 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ADUANA DE ORAN 27 de mayo de 2008

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en Avenida López y Planes Nº 801 Oran (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal, la acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) Fdo. Ramón J. Kraupner Administrador ADUANA DE ORAN.

Federal, para...

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