de 10 Producciones

DE 10 PRODUCCIONES S.R.L. - En la ciudad de General Alvear, Provincia de Mendoza, República Argentina a los quince días del mes de setiembre del año dos mil catorce, quienes suscriben e intervienen por sí, en sus propios derechos, el señor Orlando José Gattas, argentino, nacido el 06 de mayo de 1959, D.N.I. N° 13204591, CUIT N° 20-13204591-8, casado, de profesión Contador Público Nacional, domiciliado en Bartolomé Mitre N° 271 de General Alvear, provincia de Mendoza; la señora Cristina Luján Gattas, argentina, nacida el día 20 de diciembre de 1952, D.N.I. N° 10514766, CUIT N° 27-10514766-5, casada, de profesión docente jubilada, domiciliada en calle Ortubia 3275, callejón Rodríguez Lote 15, de San Rafael, Provincia de Mendoza, expresan: Cláusula Primera: Que han decidido constituir una sociedad de responsabilidad limitada, en la República Argentina que se regirá por las disposiciones del Estatuto que a continuación se dicta y supletoriamente por la Ley 19550, sus modificatorias y demás leyes y reglamentos vigentes. Cláusula Segunda: Que la sociedad constituida se regirá por el siguiente Estatuto: Artículo Primero: Denominación y Domicilio: La Sociedad se denomina "De 10 Producciones S.R.L." y tiene su domicilio en el departamento de General Alvear, Provincia de Mendoza. Podrá trasladar su domicilio e instalar sucursales, agencias o representaciones. Artículo Segundo: Duración: Su duración es de noventa y nueve (99) años contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Artículo Tercero: Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de tercero o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas y tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: A) Servicios de radiodifusión y televisión: La prestación y explotación de servicios de radiodifusión, de acuerdo con los términos y previsiones legales sobre la materia, como así también del pliego de condiciones para la obtención de licencias de servicio complementarios de radiodifusión y pliego de bases y condiciones para la presentación a concurso como empresa oferente de estaciones de radio y televisión abierta, la explotación de circuitos cerrados comunitarios de televisión por cable, o canales abiertos o de aire, codificados, videos, cable visión, microondas, satélite, o cualquier otro medio técnico creado o a crearse, antenas comunitarias de televisión, transmisión o retransmisión de imágenes y distribución de señales con modulación de frecuencia, todo ello de acuerdo con las normas legales que rijan la materia. B) Publicidad: la creación, planeamiento, producción, difusión y administración de campañas de publicidad, propaganda, promoción, relaciones públicas y otras vinculadas con las mismas, pudiendo por mandato, comisión, representación o cualquier otra forma de intermediación, por cuenta de sus clientes preparar, contratar, negociar, alquilar y ocuparse en general como contratistas de publicidad, efectuando contrataciones en revistas, periódicos, folletos, radio, televisión, cine, vía pública y/o cualquier otro medio de difusión. Además, podrá realizar la comercialización mediante compraventa, consignación, representación de programas y/o espacios publicitarios de cualquier medio de difusión, así como de redes de computación relacionadas con la publicidad. Incluye actuar como agencia de publicidad en forma integral y en todos sus aspectos y modalidades, por medio de carteles luminosos, electrónicos, marquesinas, murales, gráficos, radiales, televisivos, cinematográficos, realizar y/o producir eventos de promoción, programas de televisión, de radio y cualquier tipo de contenidos audiovisuales, la emisión al aire de pautas publicitarias contratadas con auspiciantes, la prestación de servicios y asesoramiento de publicidad en el ámbito empresario, artístico, comercial, industrial y estatal...

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