Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Diciembre de 2009, C. 826. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 826. XLV.

S., R. s/ coacción agravada.

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2009 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías n° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, al que se le remitirá. H. saber al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 3 de La Plata. R.;LUIS LORENZETTI - ELENAI.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.;MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA

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